Ayudas del Programa de sostenibilidad 2021 - Cámara de Valencia.

Código de ayuda:

S59628/21

Norma:

Convocatoria de 11 de noviembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 14:00h del 23 de diciembre de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 3.500

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Concesión de ayudas para desarrollar Planes de apoyo para el impulso de la innovación en materia de sostenibilidad, en el marco del Programa sostenibilidad, subvencionados en un 50 % por FEDER.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Valencia (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas económicas a otorgar con cargo a esta convocatoria es de 245.000 €, siendo el presupuesto máximo elegible por empresa de 7.000 €, que será prefinanciado en su totalidad por la
empresa beneficiaria y cofinanciado por FEDER al 50 %, por lo que la cuantía máxima de ayuda por empresa será de 3.500 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pymes y autónomos de la demarcación territorial de la provincia de Valencia que se encuentren dadas de alta en el censo del IAE.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Fase I – Diagnóstico Asistido en Sostenibilidad.

Fase II – Seguimiento de la Implantación.

Requisitos:

Ser una Pyme, según la definición recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 20141 o autónomo.

Estar dada de alta en el Censo IAE.

Independientemente de los epígrafes del IAE en los que estén dadas de alta, quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del TFUE.No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Tener su domicilio social y/o centro productivo en la provincia de València.

En el caso de que una empresa posea varias sedes, centros productivos, delegaciones, sucursales, etc. el centro destinatario y directamente beneficiario ha de estar ubicado en alguno de los municipios anteriormente citados.

Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Cumplir la norma de Reglamento (UE) núm. 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las
ayudas de minimis (DO L 352 de 24.12.2013, modificado por el Reglamento (UE) nº 2020/972 de la Comisión, de 2 de julio de 2020, por el que se modifican el Reglamento (UE) nº 1407/2013 en lo que respecta a su
prórroga y el Reglamento (UE) nº 651/2014 en lo que respecta a su prórroga y los ajustes pertinentes (DO L 215 de 07.07.2020), en adelante Reglamento (UE) núm. 1407/2013 (no haber recibido ayudas de cualquier
Administración Pública que sumadas sean superiores a 200.000 € en los últimos tres años, 100.000 euros en el caso de empresas que operen en el sector transporte por carretera).

Poseer intención de mejorar su competitividad a través de la aplicación de las medidas de sostenibilidad que se determinen a través del diagnóstico practicado y estar dispuesta a cumplir las condiciones del
Programa.

Podrán optar directamente a la Fase II aquellas Pymes y autónomos que:

a) Hayan justificado documentalmente su participación previa en la Fase I del Programa, en la presente convocatoria.

b) acrediten haber participado en la anualidad anterior en un programa similar de asesoramiento en materia de sostenibilidad de organismos de Promoción de las Comunidades Autónomas, de organismos públicos
nacionales, regionales o locales o de Cámaras de Comercio, siempre que
cumplan los requisitos del anexo a la presente convocatoria.

Cumplir con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación en relación la obligación que le impone el art 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cumplir la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 16/11/2021
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9216
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 16/11/2021
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9216
Documento: Programa / Anexos 2021 Descargar Documento