Ayudas del Programa de apoyo a la autonomía en el propio hogar para el año 2006.

Código de ayuda:

S04819/06

Norma:

Orden BEF/38/2006, de 20 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/10/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Este Programa tiene como objeto contribuir al desarrollo de la persona en las actividades de la vida diaria, tanto en su hogar como en la comunidad, posibilitando su autonomía, mediante el otorgamiento de una ayuda económica complementaria para prestarle el apoyo personal necesario para promover su integración social.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Bienestar Social y Familia (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

De acuerdo con el nivel de apoyo personal de prestación del servicio, el importe de la ayuda económica es el siguiente:
7 horas: 289,85 euros.
10 horas: 394,50 euros.
14 horas: 534,03 euros.

El abono de la ayuda, una vez concedida, se realizará por meses vencidos directamente a la entidad colaboradora prestadora del servicio.
La persona beneficiaria y la entidad acreditada prestadora del servicio suscribirán el contrato asistencial correspondiente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas destinatarias son las personas con disminución física, psíquica y/o problemática social derivada de enfermedad mental que deseen vivir solas o con otras personas, con un número máximo de cuatro.

La unidad de convivencia debe ser de personas con disminución y que todas ellas requieran cierto apoyo para poder gestionarse y ser más autónomas.

Requisitos:

a) Tener un grado de disminución igual o superior al 33%.
b) Tener más de 18 años y menos de 65 años en el momento de presentar la solicitud para el Programa.
c) Poder desarrollar las actividades de la vida diaria mediante el apoyo previsto, ajustado a sus necesidades.
d) Ser residente en Cataluña con una antelación, como mínimo, de un año desde la fecha de presentación de la solicitud.
e) Acreditar la necesidad y la idoneidad del servicio de apoyo personal mediante el informe correspondiente del CAD.

Documentos asociados

Boletín: 24/02/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4580
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento