Ayudas del Programa de Apoyo a Proyectos de Investigación.
Código de ayuda:
S58964/08Norma:
ORDEN EDU/1528/2008, de 27 de agosto.Plazo de Solicitud:
Según se establezca en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas del Programa de Apoyo a Proyectos de Investigación.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Educación (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de las ayudas se determinará de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y conforme a los criterios establecidos en el artículo 6.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar estas ayudas las universidades de Castilla y León, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas y los hospitales universitarios con conciertos vigentes con las universidades de Castilla y León,en todos los casos para financiar proyectos de investigación que se lleven a cabo en sus centros, instituciones, departamentos u otras unidades de investigación con sede en Castilla y León.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas se destinarán a financiar la realización de proyectos de investigación de dos tipos:A. Proyectos a realizar por grupos de investigación.
B. Proyectos a realizar por grupos de investigación noveles.
Un mismo proyecto no podrá presentarse a los tipos A y B. El incumplimiento de este requisito determinará la denegación de todas las solicitudes.
La duración máxima para los proyectos de tipo A será de tres anualidades, y para los proyectos del tipo B de dos anualidades. Los proyectos de investigación deberán finalizar el 31 de diciembre del año que corresponda, independientemente del plazo establecido para su justificación.
Documentos asociados
Boletín:
02/09/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 169
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 169
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