Ayudas del Programa Nacional de Movilidad de Recursos Humanos de Investigacion, en el marco del Plan Nacional de Investigacion Cientifica, Desarrollo e Innovacion 2008-2011.- Convocatoria 2012.- Modificación.

Código de ayuda:

S17582/08

Norma:

RESOLUCION de 5 de marzo de 2008. Orden ECI/266/2008, de 6 de febrero. RESOLUCION de 26 de marzo de 2008. Orden EDU/1456/2010, de 26 de mayo. Orden EDU/1538/2011, de 30 de mayo. Resolución de 20 de junio de 2012. Resolución de 29 de abril de 2013.

Plazo de Solicitud:

Consultar según subprograma.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones públicas correspondientes al Programa Nacional de Movilidad de Recursos Humanos, que tiene por bjeto favorecer la movilidad geográfica e interinstitucional del personal asociado a las actividades de I+D+i, que contempla la movilidad de investigadores españoles a otros centros internacionales o, excepcionalmente,nacionales.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) - Una dotación mensual, hasta 1.500 euros al mes cuando el centro receptor esté situado en territorio español, y entre 2.150 y 3.100 euros al mes, en función del país de destino, cuando el centro receptor esté situado en un país extranjero. Para los casos en que deban abonarse meses no completos, la dotación por día será el resultado de dividir la cuantía mensual que corresponda por treinta.

- Una subvención complementaria para gastos de traslado e instalación hasta 1.000 euros para desplazamientos en España y hasta un máximo de 3.000 euros para desplazamientos al extranjero, en función del país de destino. Cuando la subvención solicitada sea para realizar la estancia en dos o más centros, solo se abonará una única subvención de viaje, que corresponderá a la de mayor cuantía. El beneficiario sólo tendrá derecho a percibir la cantidad correspondiente a los gastos debidamente justificados y acreditados ante la entidad colaboradora, en los términos que le sean requeridos.

b) - Una indemnización por desplazamiento temporal al extranjero, con una dotación, en función del país de destino, entre 2.150 y 3.100 euros mensuales, o parte proporcional por los días que correspondan en los períodos inferiores a un mes, que será compatible con la percepción de las retribuciones que le correspondan en el centro de origen.

- Una subvención complementaria para gastos de traslado e instalación hasta un máximo de 3.000 euros, en función del país de destino. El beneficiario sólo tendrá derecho a percibir la cantidad correspondiente a los gastos debidamente justificados y acreditados ante la entidad colaboradora, en los términos que le sean requeridos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas que se encuentren en posesión del título de doctor y que reúnan, los requisitos específicos señalados para cada subprograma.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Modalidad A. Estancias de profesores e investigadores seniores en centros extranjeros, incluido el programa «Salvador de Madariaga».

- Modalidad B. Estancias de movilidad en el extranjero «��osé Castillejo» para jóvenes doctores.

Requisitos:

a) Haber obtenido el grado de doctor con anterioridad al 1 de enero de 2001. Se entenderá como fecha de obtención del doctorado la de lectura y aprobación de la tesis doctoral. Quienes habiendo obtenido el doctorado con posterioridad a dicha fecha tengan vinculación de funcionario de carrera de los cuerpos a los que se refiere el párrafo b) siguiente deberán concurrir igualmente a esta modalidad.

b) Tener con los centros universitarios o de investigación a los que se refiere el artículo 4.1.a), b) y c) de las disposiciones comunes de esta convocatoria la vinculación de funcionario de carrera de los cuerpos docentes de las universidades públicas españolas, o pertenecer a las escalas de investigación del CSIC o de los OPIs, o tener vinculación laboral indefinida de carácter docente o investigador, o formar parte de las plantillas encargadas de las tareas de investigación en hospitales universitarios.

c) En todos los casos, se requiere estar en servicio activo en la vinculación laboral acreditada.

d) No haber obtenido subvenciones de este programa ni para estancias de movilidad en el extranjero por un período acumulado superior a seis meses desde enero de 2007. Se computarán a tales efectos todas las ayudas para estancias en el extranjero por un período
igual o superior a un mes, con independencia de la entidad financiadora y el importe de la cuantía percibida.

e) Las estancias en centros españoles, que tendrán carácter excepcional, deberán implicar, al igual que las concedidas para centros extranjeros, movilidad geográfica y académica, con cambio efectivo de residencia.

Documentos asociados

Boletín: 09/02/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 35
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/03/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 63
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 04/04/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 82
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 02/04/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 80
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 04/06/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 136
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín: 08/06/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 136
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín: 02/07/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 157
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 11/05/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 113
Documento: Modificación Descargar Documento