Ayudas del Programa Globalízate - Apoyo a la Implantación Comercial en el Exterior.

Código de ayuda:

S11664/19

Norma:

Orden UMA/23/2019, de 20 de marzo. Orden UMA/24/2019, de 20 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 17 de febrero de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas encaminadas a impulsar la implantación comercial del tejido empresarial cántabro en el exterior, apoyando la consolidación de las inversiones en el exterior como fórmula para incrementar su competitividad y, por lo tanto, su viabilidad futura.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria (SODERCAN) (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se podrá conceder una ayuda del 50% del presupuesto total elegible para los gastos elegibles descritos con los siguientes importes máximos de ayuda por línea:

—- Bolsa de viaje:

— Para viajes con destino Europa y Norte de África: 900 €.

— Para viajes con destino fuera de Europa (Incluido Rusia): 1.800 €.

— Gastos de personal: 15.000 €.

— Gastos externos de asistencia técnica especializada: 10.000 €.

En todo caso, la cuantía total de la ayuda para el conjunto de actuaciones, contempladas en el proyecto de implantación presentado en SODERCAN, S. A., será de 30.000€ como máximo (por empresa y año).

La presente convocatoria, dotada con un presupuesto de 100.000 €, forma parte del Programa de Apoyo a la Internacionalización "GLOBALÍZATE", con una dotación total de 2.090.000,00 € para el año 2019.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán tener la condición de beneficiarios de las ayudas previstas en las presentes bases cualquier empresa con domicilio social y/o centro de trabajo en Cantabria que, independientemente de su forma jurídica y a título individual, ejerzan una actividad económica, válidamente constituida en el momento de presentación de la solicitud y que no incurran en ninguna de las causas previstas en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Documentos asociados

Boletín: 01/03/2019
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 43
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
Boletín: 15/05/2019
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 92
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 15/05/2019
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 92
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento