Ayudas del Plan IVEX EXIT.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S12019/11

Norma:

ORDEN 10/2011, de 7 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de abril de 2011.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Poner en marcha un Plan de Competitividad de la internacionalización de las empresas de la Comunitat Valenciana, durante el ejercicio 2011, favoreciendo la realización de actuaciones de carácter singular en los mercados internacionales, que permitan mejorar el nivel de competitividad de nuestro tejido productivo, de acuerdo con las consignaciones presupuestarias que para el ejercicio 2011 establece la Ley 17/2010, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para 2011.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio
  • Cooperación empresarial
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consejeria de Industria, Comercio e Innovación (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones empresariales de la Comunitat Valenciana con independencia de la forma jurídica
que adopten, así como los miembros asociados de éstas que participen, en nombre y por cuenta de la asociación de la que son miembros, en las acciones contempladas en el apartado 1 del artículo 5 de esta
orden, organizadas por las citadas asociaciones, conforme a lo previsto en el artículo 11.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Podrán asimismo ser beneficiarios de las ayudas las empresas con personalidad jurídica propia y domicilio social en la Comunitat Valenciana que participen, a título individual, en las acciones expuestas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas podrán ir destinadas a apoyar las siguientes actuaciones:

1) Creación de showrooms sectoriales en el exterior entendiéndose por showroom sectorial el espacio donde se expongan los productos de varias empresas del mismo sector de forma permanente.

Podrán tener la consideración de gastos subvencionables los relativos a:

a) Contratación de espacio del showroom, por parte de la asociación o empresa y empresas participantes en los términos del artículo 11.2 de la Ley 38/2003.

b) Decoración y modulación del showroom por parte de la asociación o empresa y empresas participantes en los términos del artículo 11.2 de la Ley 38/2003.

c) Publicidad y material promocional que tenga relación directa con la contratación del showroom de la asociación o empresa y empresas participantes en los términos del artículo 11.2 de la Ley 38/2003.

d) Desplazamiento y alojamiento del representante de la asociación y/o de un representante de cada empresa participante (bien empresa solicitante, bien empresa participante en los términos del artículo 11.2
de la Ley 38/2003) que se desplacen al mercado de destino, hasta dos veces al año.

e) Transporte de muestras contratado por la asociación o empresa y empresas participantes en los términos del artículo 11.2 de la Ley 38/2003.

f) Contratación de personal de apoyo en el showroom, por un plazo máximo de seis meses, por parte de la asociación o empresa y empresas participantes en los términos del artículo 11.2 de la Ley 38/2003.

g) Contratación de azafatas o intérpretes por parte de la asociación, entidad o empresa y empresas participantes en los términos del artículo 11.2 de la Ley 38/2003, para un evento promocional determinado que se organice en el showroom.

2) Contratación de gestores en países de bajo coste por parte de las empresas solicitantes, que optimicen la cadena de suministro de aprovisionamiento de materias primas o bienes intermedios de las empresas.

Podrán tener la consideración de gastos subvencionables los relativos a:

a) Honorarios del gestor que se contrate en países de bajo coste.

b) Desplazamiento y alojamiento de un representante de la empresa solicitante, para la selección y contratación del gestor en el país seleccionado, hasta dos veces al año.

c) Desplazamiento del gestor a la Comunitat Valenciana para conocer las características de la industria local, hasta dos veces al año.

Las empresas podrán solicitar la ayuda para financiar esta actividad en un máximo de dos países.

3) Establecimiento de oficinas de representación en mercados exteriores siempre y cuando la participación de la empresa solicitante sea superior al 50%. Podrán tener la consideración de gastos subvencionables
los relativos a:

a) Gastos corrientes necesarios para la constitución, contratación de personal y de alquiler de oficina o local en el mercado de destino durante los seis primeros meses de puesta en marcha del proyecto.

b) Honorarios de asesores externos por trabajos relacionados con el establecimiento de la oficina de representación, durante los seis primeros meses de puesta en marcha del proyecto.

No se considerarán apoyables las consultorías de carácter comercial y de marketing.

c) Desplazamiento y alojamiento de un representante de la empresa solicitante, aceptando como máximo dos viajes al mercado de destino.

Documentos asociados

Boletín: 08/03/2011
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6475
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento