Ayudas del Instituto de Fomento de la Region de Murcia dirigidas a las empresas.- Convocatoria 2011.- Modificación.

Código de ayuda:

S15191/11

Norma:

Orden de 15 de marzo de 2011. Orden de 22 de junio de 2011. Orden de 2 de noviembre de 2011.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28/10/2011; Programa del anexo 4: hasta el 30/11/11; Programas anexos 7 y 8: hasta el 30/12/11.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer, con arreglo al régimen de concesión previsto en el artículo 22 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones a los proyectos presentados al Instituto de Fomento de la Región de Murcia, al amparo de cualquiera de los Programas específicos de Ayudas que se relacionan y acompañan mediante anexos del 1 al 6.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Exportación / Internacionalización
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Empleo, Universidades y Empresa (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento a cada beneficiario, no podrá
exceder de 200.000 euros por programa en cada convocatoria, salvo que en los Programas específicos se
determine de forma expresa una cuantía distinta a la anterior.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

- Las Empresas comprendidas en los ámbitos subjetivos de los Programas específicos cuya actividad se localice en la Comunidad Autónoma de Murcia y que se encuadren en el objeto, requisitos y costes elegibles de los Programas específicos que correspondan.

- Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aun careciendo de personalidad jurídica, siempre que se haga constar expresamente tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo legal de prescripción para la exigencia de reintegro, así como para la determinación de infracciones e imposición de sanciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.- Programa de ayuda para el acceso al mercado alternativo bursátil.

2.- Programa de ayudas a la financiación de empresas mediante apoyo a operaciones financiadas con fondos procedentes del Instituto de Crédito Oficial (ICO).

3.- Programa de ayuda a la internacionalización de la empresa con fondos procedentes del Instituto de Crédito Oficial.

4.- Programa de apoyo a las empresas a través del sistema de garantías recíprocas.

5.- Programa de capitalización de PYMES.

6.- Programa de ayudas a la financiación de liquidez para Pymes del sector agrario y ganadero.

Documentos asociados

Boletín: 21/03/2011
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 65
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín: 30/06/2011
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 148
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 08/11/2011
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 257
Documento: Modificación Descargar Documento