Ayudas del Igape para la habilitacion de una linea de financiacion especifica para los productores gallegos de uva, instrumentadas mediante convenio de colaboracion entre el Instituto Gallego de Promocion Economica (Igape) y las entidades financieras adheridas.

Código de ayuda:

S73000/08

Norma:

Resolucion de 24 de noviembre de 2008 .

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/04/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas bases regulan el objeto, requisitos y procedimiento de tramitación para la creación y puesta en marcha de un mecanismo que les facilite a las Pymes gallegas productoras de uva, directamente o a través de sus asociaciones, la financiación de la venta de su producción a las bodegas y demás industrias transformadoras, mediante el descuento o anticipo bancario de letras de cambio aceptadas, pagarés a la orden o cualquier otro documento que pueda ser anticipado por la entidad financiera, firmados por sus clientes para el pago de facturas emitidas desde el 1 de diciembre de 2008 hasta el 31 de marzo de 2009.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto Gallego de Promoción Económica (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder al mecanismo de financiación previsto en estas bases aquellas pequeñas o medianas
empresas conforme a la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento
800/2008 (DOUE L 214, del 9 de agosto), por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del tratado (Reglamento general de exención por categorías), productoras de uva y con domicilio fiscal en Galicia, directamente o a través de las asociaciones de productores, que no hubieran percibido ayudas en régimen de minimis en los tres años anteriores por importe superior a 7.500 €.

Documentos asociados

Boletín: 28/11/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 232
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento