Ayudas del Igape para la habilitacion de lineas de financiacion subsidiada para microempresas, proyectos emprendedores e inversiones de las pymes para la mejora competitiva en la Comunidad Autonoma de Galicia, instrumentadas mediante convenio de colaboracion entre el Instituto Gallego de Promocion Economica (Igape), las sociedades de garantia reciproca y las entidades de credito adheridas (programa Re-Imaxina).- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S23419/12

Norma:

RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/09/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el contenido y procedimiento de tramitación de tres líneas de financiación subsidiada para facilitar el acceso a la financiación en las inversiones de las microempresas, de los emprendedores y de las pymes que mejoren su competitividad.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto Gallego de Promoción Económica (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. En las operaciones acogidas a la línea Microcréditos: máximo de 25.000 euros. Al mismo tiempo, el riesgo vivo de cada empresa por operaciones financieras formalizadas al amparo de la línea no podrá exceder de los 25.000 euros.

2. En las operaciones acogidas a las líneas Pyme joven y Pyme competitiva: mínimo de 25.000 euros y máximo de 120.000 €. Al mismo tiempo, el riesgo vivo de cada empresa por operaciones financieras formalizadas al amparo de cada una de estas líneas no podrá exceder de los 120.000 euros.

3. El importe de los préstamos subvencionables acogidos a estas bases podrá alcanzar:

– Hasta el 100% de las inversiones financiables, cuando se financien con operaciones de la línea Microcréditos.

– Hasta el 90% de las inversiones financiables, cuando se financien con operaciones de la línea Pyme joven.

– Hasta el 75% de las inversiones financiables, cuando se trate de operaciones de la línea Pyme competitiva.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento 800/2008 (DOCE L/214, de 9 de agosto de 2008), por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías). También podrán acceder a la condición de beneficiario las personas físicas, agrupaciones de
personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actividades o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

– Línea Microcréditos: créditos para financiar inversiones en las microempresas gallegas.

– Línea Pyme joven: créditos para financiar inversiones en proyectos emprendedores gallegos.

– Línea Pyme competitiva: créditos para financiar inversiones que permitan mejorar la competitividad de las pymes gallegas.

Requisitos:

a) Para la denominada Microcréditos, podrán ser beneficiarias aquellas empresas con un centro de trabajo en Galicia, con menos de 10 trabajadores y con una cifra de negocios anual o balance general anual que no exceda de los 2 millones de euros.

b) Para la denominada Pyme joven, podrán ser beneficiarias aquellas empresas que ejerzan o tengan intención de ejercer su actividad económica en Galicia y que, además, no vengan desarrollando la misma actividad para la que solicitan la financiación en un plazo superior a dos años a contar desde la fecha de presentación en el Igape, directamente o mediante su participación en el capital de otra sociedad que desarrollase la misma actividad.

c) Para la línea denominada Pyme competitiva, podrán ser beneficiarias aquellas empresas que vengan ejerciendo en Galicia por un período superior a dos años alguna de las actividades recogidas en el anexo II de estas bases.

Documentos asociados

Boletín: 25/06/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 120
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento