Ayudas del Igape para el apoyo financiero a las inversiones de las pequeñas y medianas empresas de Galicia financiadas con fondos del Instituto de Credito Oficial (ICO) al amparo de las lineas ICO 2009, instrumentadas mediante convenio de colaboracion entre este instituto y las entidades financieras.

Código de ayuda:

S30173/09

Norma:

Resolucion de 7 de abril de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/02/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas bases regulan el contenido y procedimiento de tramitación de una línea de subsidiación a la financiación obtenida por las pequeñas y medianas empresas que promuevan inversiones en la Comunidad Autónoma de Galicia o en el extranjero, mediante alguna de las líneas del Plan de fomento empresarial 2009 del Instituto de Crédito Oficial (ICO), siguientes:

* Línea ICO-PYME, tramo I: financiación de activos fijos productivos.

* Línea crecimiento empresarial.

* Línea internacionalización.

* Línea emprendedores.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Exportación / Internacionalización
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto Gallego de Promoción Económica (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en estas bases aquellas empresas que tengan la consideración de microempresa o pequeñas o medianas empresas (Pymes) según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (CE) nº 800/2008 (DOUE L 214, del 9 de agosto), por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías), que formalizasen operaciones de crédito con cargo a alguna de las líneas del Plan de fomento empresarial 2009 del Instituto de Crédito Oficial (ICO) por un importe superior a 25.000 € y cumplan con las condiciones específicas establecidas en estas bases.

Los beneficiarios tendrán que estar al día de sus obligaciones con la Hacienda Pública, con la Seguridad Social y con la Comunidad Autónoma de Galicia, y no estar sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión de la Unión Europea, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común, y cumplir las condiciones específicas para cada línea establecidas en el artículo 3º de estas bases.

Además de reunir los requisitos establecidos para cada línea de financiación deberán cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

* Línea ICO-PYME, tramo I: financiación de activos fijos productivos.

Los proyectos objeto de financiación a través de esta línea tendrán que corresponderse con alguna de las actividades señaladas en el anexo I.

* Línea crecimiento empresarial.

Los proyectos objeto de financiación a través de esta línea tendrán que corresponderse con alguna de las actividades señaladas en el anexo I.

* Línea internacionalización.

Los proyectos objeto de financiación a través de esta línea tendrán que corresponderse con alguna de las actividades señaladas en el anexo I.

* Línea emprendedores.

Los proyectos objeto de financiación a través de esta línea tendrán que corresponderse con alguna de las actividades señaladas en el anexo I.

Documentos asociados

Boletín: 17/04/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 73
Documento: Base, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 27/04/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 80
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento