Ayudas del Igape de apoyo a las iniciativas abiertas de difusion, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, en el marco del programa operativo FSE Galicia 2007-2013.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S18373/13

Norma:

RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2013. RESOLUCIÓN de 1 de agosto de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/07/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Publicar las bases reguladoras de las ayudas del Igape de apoyo a las iniciativas abiertas de difusión, que podrán estar cofinanciadas al 80 % por el Fondo Social Europeo en el marco del programa operativo FSE Galicia, eje 1, tema prioritario 63, y convocar para el ejercicio 2013 dichas ayudas en régimen de concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto Gallego de Promoción Económica (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

No se concederá ayuda a aquellos proyectos que, una vez evaluados, recibirían una ayuda inferior a 1.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades sin fin de lucro, con personalidad jurídica propia (organismos intermedios), que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Jornadas técnicas, seminarios, foros o premios dirigidos a la difusión de técnicas, metodologías, herramientas o buenas prácticas en los terrenos de la innovación y la competitividad.

b) Celebración en Galicia de encuentros empresariales entre emprendedores e inversores privados (business angels).

c) Celebración en Galicia de congresos o eventos expositivos de alcance internacional.

El alcance internacional del evento propuesto será determinado en función de su historial previo de congresistas y ponentes, en el caso de congresos, o de asistentes y expositores
en el caso de eventos expositivos, no pudiendo por tanto ser considerados como tales las primeras ediciones de un determinado congreso o evento, aquellos cuya periodicidad sea
inferior a un año ni aquellos cuyo carácter internacional esté exclusivamente determinado
por una asistencia transfronteriza o por la presencia de ponentes extranjeros.

Requisitos:

a) Que estén domiciliadas en Galicia o que, teniendo algún centro de actividad en Galicia,
desarrollen en Galicia, en su totalidad, el proyecto objeto de apoyo.

b) Que su actividad esté dirigida eminentemente al mundo empresarial.

No podrán tener la condición de beneficiarias las entidades que entren dentro de la categoría de empresas en crisis, al amparo de la definición del artículo 1 número 7 del Reglamento general de exención (Reglamento CE 800/2008).

Tampoco podrán ser beneficiarias aquellas empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión que haya declarado una ayuda
ilegal e incompatible con el mercado común.

No podrán tener la condición de beneficiarias las entidades en que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG nº 121, de 25 de junio).

Documentos asociados

Boletín: 30/05/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 102
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 09/07/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 129
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 06/08/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 149
Documento: Modificación Plazo Ejecución. Descargar Documento