Ayudas del Igape a los proyectos colectivos empresariales, cofinanciados con el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo FSE Galicia 2007-2013 y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva - Ampliación de plazos.- Modificación.

Código de ayuda:

S25428/10

Norma:

Resolucion de 15 de abril de 2010. Resolución de 7 de mayo de 2010. RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/06/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Incentivar proyectos y actuaciones empresariales de distinta tipología, el Igape podrá conceder subvenciones a fondo perdido a los siguientes tipos de iniciativas:

Proyectos de diseño corporativo compartido por algún elemento común de un colectivo de pequeñas y medianas empresas.

Proyectos de formación empresarial en áreas concretas de gestión o organización empresarial dirigidos
a directivos, mandos intermedios o personal técnico de pymes gallegas.

Programas de inmersión profesional para la especialización de personal de las pequeñas y medianas empresas gallegas, mediante la inserción en empresas o centros tecnológicos de fuera de Galicia de personal de las pymes participantes (precontratados o de nueva contratación), de cara a la consecución de calificaciones profesionales específicas para la prestación posterior de capacidades innovadoras en la pyme gallega.

Proyectos tutelados de intercambio de experiencia para la generación de proyectos de innovación
cooperativos, esto es, proyectos que propongan la participación dinamizada de un conjunto de pequeñas y medianas empresas en un espacio físico o virtual y, mediante una metodología definida para propiciar la intercomunicación; compartiendo los participantes sus conocimientos mediante el intercambio de experiencias, necesidades, knowhow, etc. entre las entre las pymes participantes.

Proyectos de análisis y diagnóstico sectorial y de elaboración planes estratégicos, de innovación y competitividad para ese sector en Galicia.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto Gallego de Promoción Económica (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Con las puntualizaciones o limitaciones establecidas para cada caso en el artículo correspondiente,
podrán ser beneficiarios las entidades sin fin de lucro, con personalidad jurídica propia (organismos intermedios)

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Las jornadas técnicas, seminarios, foros o premios dirigidos a la difusión de técnicas, metodologías,
herramientas o buenas prácticas en los campos de la innovación y la competitividad, previstas en la letra a) del artículo 1.1º anterior tendrán los siguientes conceptos subvencionables de gasto:
a) Gastos de publicidad.
b) Elaboración de documentación y edición de ponencias o publicaciones.
c) Costes de contratación de ponentes.
d) El IVA cuando el solicitante acredite su exención.

1.1. Gastos externos de consultoría de diseño gráfico para la generación de imagen corporativa compartida (50% de intensidad de ayuda sobre la base subvencionable, con un límite de 5.000 euros).

1.2. Gastos de consultoría de diseño gráfico para la aplicación de la imagen compartida combinada con
imagen individual en los elementos de comunicación comercial de las pymes participantes (50% de intensidad de ayuda sobre la base subvencionable con un límite de 4.000 euros/pyme).

2. En los proyectos de formación empresarial previstos en el artículo 1.3.a) de estas bases, a efectos
de cálculo de la subvención a fondo perdido, con el límite general del 60% de ayuda, se considerarán
integrados en la base subvencionable los conceptos siguientes:
a) Costes externos de formadores con un límite de coste subvencionable de 120 €/h de formación presencial y con el máximo de 50 horas presenciales por programa.
b) Costes externos de formación on-line con un coste máximo subvencionable total no superior al coste
de la formación presencial.
c) De ser el caso, coste de alquiler de aulas equipadas, hasta un importe equivalente al de los demás
costes subvencionables.

3. Costes de consultoría estratégica. Con el límite de 60.000 euros, la subvención podrá alcanzar
el 50% en función de la evaluación de alcance e impacto estratégico y el coste proyectado para la elaboración del plan.

4. Gastos de contratación de personal de estructura mínimo para la administración de la agrupación
en lo referente al plan estratégico. La subvención podrá alcanzar el 50% del salario bruto del personal
contratado con un límite de un año y un coste máximo subvencionable (en una o varias persoas) de
24.000 euros.

Requisitos:

a) Que estén domiciliadas en Galicia o que teniendo algún centro de actividad en Galicia desarrollen en
Galicia, en su totalidad, el proyecto objeto de apoyo.

b) Que su actividad esté dirigida eminentemente al mundo empresarial.

Documentos asociados

Boletín: 00/00/0000
- Nº
Documento: Modificación de plazos. Descargar Documento
Boletín: 20/04/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 73
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 28/04/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 79
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 24/02/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 39
Documento: Modificación Descargar Documento