Ayudas del II Plan de Competitividad de la Empresa Valenciana (PCEV) para el ejercicio 2009 - Ampliación de plazo - Modificación.

Código de ayuda:

S02228/07

Norma:

RESOLUCIÓN de 30 de septiembre de 2008. RESOLUCIÓN de 14 de mayo 2008. RESOLUCIÓN de 25 de enero de 2007. RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2006. RESOLUCION de 28 de enero de 2009. RESOLUCION de 24 de marzo de 2009. RESOLUCION de 18 de septiembre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/04/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente resolución es establecer, junto con lo dispuesto en la Orden de 12 de diciembre de 2006 de la conselleria de Empresa, Universidad y Ciencia, las bases reguladoras y la convocatoria para el ejercicio 2009 de las ayudas contempladas en el II Plan de Competitividad de la Empresa Valenciana (PCEV) desarrollado en anexo.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación empresarial
  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Empresa, Universidad y Ciencia (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

En función de lo dispuesto en las actuaciones que se relacionan en anexo, se podrán acoger a esta convocatoria entidades sin ánimo de lucro, empresas, y agrupaciones de estos colectivos.
La actividad o fin social deberá ser de carácter industrial o de servicios relacionados con la industria, preferentemente de alguno de los sectores incluidos en la dirección de Internet del IMPIVA: http://www.impiva.es, en el apartado ’planes de competitividad empresariales’.
Los beneficiarios deberán tener su sede social o delegación en la Comunitat Valenciana.

Cuando el proyecto sea presentado por un colectivo sin personalidad jurídica tendrán la consideración de beneficiarios todos los solicitantes que participan en el mismo. Se engloba bajo este supuesto la presentación de un proyecto por dos o más solicitantes sin que entre ellos exista nexo jurídico asociativo y sin perjuicio de que una entidad de entre los participantes sea la que asuma la coordinación entre ellos y frente al IMPIVA.

A efectos de la presente resolución, se considerará PYME, toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica y que reúna los requisitos previstos en la Recomendación de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DOUE núm. L 124/36, de 20 de mayo de 2003), en especial:
– Que emplee a menos de 250 personas.
– Que tenga un volumen de negocio anual no superior a 50.000.000 de euros, o bien un balance general no superior a 43.000.000 de euros.

Asimismo, cuando sea necesario distinguir entre pequeñas empresas y medianas empresas, se entenderá por pequeña empresa aquella unidad económica que emplee a menos de 50 personas y que tenga un volumen de negocio anual o un balance general no superior a 10 millones de euros; microempresa se considerará aquella empresa que ocupe a menos de 10 personas y su volumen de negocio o su balance
general anual no supere los 2 millones de euros.

El cómputo de los efectivos y límites señalados, en el caso de empresas asociadas o vinculadas se efectuará tal y como disponen los apartados 2 y 3 del artículo 6 del anexo de la Recomendación
2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas. Dichos criterios de cómputo se pueden consultar en el modelo de solicitud.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Actuación 1: Formación:

Objeto: Impulsar acciones de formación encaminadas al fomento de la innovación en el tejido empresarial para incrementar el conocimiento de nuevas técnicas y factores de competencia claves en el entorno
global.
Actuaciones apoyables:
Actuación 1.1.
Actividades de difusión y divulgación sobre formación. Dar a conocer con carácter general las técnicas, tendencias, herramientas, así como metodologías del conocimiento y la innovación. Jornadas, presentaciones y otras actividades de carácter abierto y gratuito.
Actuación 1.2.
Servicios de asesoramiento en innovación a través de actividades formativas dirigidas a PYME. Cursos, talleres, masters, seminarios, congresos, etc.

Tipología de costes e intensidad de las ayudas:
Actuación 1.1.
Costes subvencionables:
– Personal propio asociado al proyecto.
– Colaboraciones externas necesarias para el desarrollo del proyecto, esto es, servicios técnicos, servicios profesionales y servicios de información y difusión.
– Otros gastos directamente derivados del proyecto.
La intensidad máxima de ayuda podrá alcanzar el 100% de los costes subvencionables.
Actuación 1.2.
Costes subvencionables:
– Personal propio asociado al proyecto en la parte que se dedique exclusivamente a la prestación del servicio.
– Colaboraciones externas necesarias para el desarrollo del proyecto, esto es, servicios técnicos, servicios profesionales y servicios de información y difusión.
– Otros gastos directamente derivados del proyecto.
La intensidad máxima de ayuda podrá alcanzar el 75% de los costes subvencionables. La bonificación del precio del servicio recibido por la PYME participante será como máximo de 200.000 euros, en tres años.

Actuación 2: Innovación:

Objeto: Fomentar la innovación en los sectores emergentes y tradicionales como factor de competitividad para las empresas, a través de la realización de acciones de promoción y difusión de la importancia de la
innovación como estrategia para la mejora de productos y servicios.
Promover proyectos de innovación que tengan un efecto arrastre sobre su entorno, con entidades y empresas que lideran su sector e influyen en empresas más pequeñas.
Actuaciones apoyables:
Actuación 2.1.
Actividades de difusión, divulgación y promoción general de la innovación, orientadas a poner en valor la importancia de la innovación para la competitividad empresarial. Las actividades deben ser abiertas y gratuitas para los destinatarios.
Actuación 2.2.
Acciones destinadas a las agrupaciones empresariales, que tengan por objeto:
2.2.1. La realización de inversiones para la puesta en marcha y ampliación de instalaciones destinadas a:
– Centros de formación e investigación.
– Infraestructuras de investigación de libre acceso tales como laboratorios e instalaciones de ensayo.
2.2.2. La dinamización de la agrupación:
– Acciones de promoción para incorporar nuevas empresas que formen parte de ella.
– Gestión de las instalaciones de libre acceso de la agrupación.
– Organización de programas de formación, talleres y conferencias a fin de fomentar el intercambio de conocimientos y el trabajo en red entre los miembros de la agrupación.
Actuación 2.3.
Prestación de servicios de asesoramiento en materia de innovación.
Se considera como asesoramiento en innovación las actuaciones de consultoría de gestión, asistencia tecnológica, servicios de transferencia de tecnología, consultoría sobre adquisición, protección y comercio de derechos de propiedad intelectual, consultoría sobre empleo de normas, bancos de datos, bibliotecas técnicas, investigación de mercados, etiquetado de calidad, etc. El proyecto deberá contemplar la prestación del servicio a al menos tres PYME radicadas en la Comunitat Valenciana.
Actuación 2.4.
Proyectos de innovación en materia de procesos y organización, y de desarrollo experimental. Los proyectos deberán ser desarrollados de forma agrupada por una entidad sin ánimo de lucro y al menos tres
empresas radicadas en la Comunitat Valenciana:
2.4.1. Proyectos de innovación en materia de procesos y organización.
Esta actuación apoyará aquellos proyectos de empresas que estén aplicando métodos de producción o suministro nuevos o significativamente mejorados:
2.4.1.1. Por innovación en materia de procesos se entenderá la aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significantemente mejorado (incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos y/o programas informáticos).
2.4.1.2. Por innovación en materia de organización se entenderá la aplicación de un nuevo método organizativo a las prácticas comerciales o a las relaciones exteriores de la empresa que esté relacionado con el uso y la explotación de tecnologías de la información y la comunicación (TIC), a fin de introducir cambios en la organización.
2.4.2. Proyectos de desarrollo experimental que tengan por objeto llevar a cabo innovaciones en materia de producto en los términos definidos en el apartado 5.1 del Marco Comunitario sobre I+D+i
(DOUE C 323/01, de 30 de diciembre de 2006).

Tipología de costes e intensidad de las ayudas:
Actuación 2.1.
Costes subvencionables:
– Personal propio asociado al proyecto.
– Colaboraciones externas necesarias para el desarrollo del proyecto, esto es, servicios técnicos, servicios profesionales y servicios de información y difusión.
– Otros gastos directamente derivados del proyecto.
La intensidad máxima de ayuda podrá alcanzar el 100% de los costes subvencionables.
Actuación 2.2.
2.2.1. Inversiones para la constitución y ampliación de agrupaciones
Costes subvencionables: Inversiones en edificios, maquinaria y equipos correspondientes a las actuaciones apoyables.
Las inversiones tendrán una subvención de hasta el 15%. Si la agrupación cumple los parámetros de pequeña empresa podrá incrementarse en 20 puntos porcentuales, y si cumple los de mediana empresa se podrá incrementar en 10 puntos.
2.2.2. Ayudas de animación de la agrupación
Costes subvencionables: Costes de personal y administrativos correspondientes a las actuaciones apoyables.
La intensidad máxima de ayuda respetará los siguientes límites sobre los costes subvencionables:
– Para el primer año en el que la agrupación innovadora recibe la ayuda: 100%
– Para el segundo año en el que la agrupación innovadora recibe la ayuda: 75%
– Para el tercer año en el que la agrupación innovadora recibe la ayuda: 50%
Actuación 2.3.
Costes subvencionables:
– Personal propio asociado al proyecto en la parte que se dedique exclusivamente a la prestación del servicio.
– Colaboraciones externas necesarias para el desarrollo del proyecto, esto es, servicios técnicos, servicios profesionales y servicios de información y difusión.
– Otros gastos directamente derivados del proyecto.
La intensidad máxima de la ayuda podrá alcanzar hasta el 75% de los costes subvencionables. La bonificación del precio del servicio recibido por la PYME participante será como máximo de 200.000 euros, en un periodo de tres años.
Actuación 2.4.
2.4.1. Proyectos de innovación en materia de procesos y organización
2.4.1.1. Innovación en materia de procesos:
Costes subvencionables:
Gastos de personal propio siempre y cuando esté exclusivamente dedicado al proyecto.
– Costes de instrumental y material (inversiones en software y equipos asociados al proyecto) en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto de investigación.
– Costes de consultoría y otros servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación.
– Otros gastos directamente derivados del proyecto.
2.4.1.2. Innovación en materia de organización:
Costes subvencionables:
– Gastos de personal propio siempre y cuando esté exclusivamente dedicado al proyecto.
– Costes de instrumental y material, únicamente serán subvencionables los del instrumental y material de TIC.
– Costes de consultoría y otros servicios equivalentes destinados de manera exclusiva
– Otros gastos directamente derivados del proyecto.
La intensidad máxima de la ayuda en las actuaciones 2.4.1.1 y 2.4.1.2 podrá alcanzar hasta el 15% para las grandes empresas (las grandes empresas únicamente pueden optar a este tipo de ayudas si colaboran con PYME en la actividad objeto de ayuda y siempre que la PYME asuma como mínimo el 30% del total de gastos subvencionables), el 25% para medianas empresas y el 35% para pequeñas empresas.
2.4.2. Proyectos de desarrollo experimental.
Costes subvencionables:
– Servicios de asesoramiento y similares: contratación con Centros de Investigación, obtención de conocimientos técnicos y adquisición de patentes a precio de mercado, consultoría y servicios equivalentes
destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación y gastos de auditoría necesarios para la certificar la realización del proyecto.
– Instrumental. Equipamiento de laboratorio y experimentación cuando éste haya sido adquirido exclusivamente para el proyecto y sin otra utilidad que para el mismo.
– Materiales. Materiales y componentes necesarios para la actividad de investigación que tenga carácter consumible o fungible.
– Gastos de personal propio (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar) durante el tiempo en que estén exclusivamente dedicados al proyecto de investigación.
La intensidad máxima de la ayuda podrá alcanzar en pequeñas empresas hasta el 60% de los costes subvencionables, medianas empresas hasta el 50% y grandes hasta el 40%, siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas en el Marco Comunitario sobre Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación (DOUE C 323/01, de 30 de diciembre de 2006) en caso de colaboración.
En aquellos supuestos en los que el beneficiario sea una entidad sin ánimo de lucro se atenderá a su tamaño para la aplicación de los porcentajes de intensidad de la ayuda.

Actuación 3. Promoción y Desarrollo de Mercados:

Objeto: Consolidar la posición de las PYME de la Comunitat Valenciana en los mercados internacionales y el acceso a nuevos mercados, fomentando su competitividad y diferenciación.
Actuaciones apoyables:
Actuación 3.1.
Actividades de difusión y divulgación sobre promoción y desarrollo de mercados, siempre que sean con carácter general y abierto.
Actuación 3.2.
Desarrollo de mercados en la PYME, participación en certámenes, actividades de promoción del diseño y la moda, planes de comunicación y en general actuaciones que permitan elevar el posicionamiento
competitivo de las PYME valencianas. Quedan excluidas las oficinas y redes en el exterior.

Tipología de costes e intensidad de las ayudas:
Actuación 3.1.
Costes subvencionables:
– Personal propio asociado al proyecto.
– Colaboraciones externas necesarias para su eficiente desarrollo.
– Otros gastos directamente derivados del proyecto.
La intensidad máxima de ayuda podrá alcanzar el 100% de los costes subvencionables.
Actuación 3.2.
Entidades:
– Inversiones directamente relacionadas con el proyecto a realizar.
– Personal propio asociado al proyecto.
– Colaboraciones externas necesarias para el desarrollo del proyecto, esto es servicios técnicos, servicios profesionales y servicios de información y difusión.
PYME:
– Personal propio asociado al proyecto.
– Colaboraciones externas necesarias para el desarrollo del proyecto, esto es servicios técnicos, servicios profesionales y servicios de información y difusión. En los proyectos de participación en certámenes no se considerará subvencionable el alquiler de espacio.
– Viajes interurbanos –transporte público– y alojamiento (máximo 100 euros/día).
La intensidad máxima de ayuda podrá alcanzar el 100% de los costes subvencionables. Los proyectos de participación en certámenes tendrán una subvención máxima del 50% para las PYME.
La actuación 3.2 esta sujeta al régimen de mínimis, por tanto la totalidad de ayudas sujetas al régimen de mínimis concedidas a una empresa no será superior a 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales. Si se trata de una empresa que opera en el sector del transporte por carretera, la ayuda total de mínimis no será superior a 100. 000 euros durante ese mismo periodo.

Requisitos:

Los proyectos presentados deberán iniciarse con posterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda, excepto los presentados a la actuación 3.2.

Documentos asociados

Boletín: 05/01/2007
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5422
Documento: Bases y Convocatoria 2007 Descargar Documento
Boletín: 08/02/2007
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5446
Documento: Ampliación de plazo Descargar Documento
Boletín: 29/05/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5773
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 11/11/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5890
Documento: Incremento Dotación Presupuestaria Descargar Documento
Boletín: 25/02/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5962
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 27/03/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5983
Documento: Ampliación de Plazo Descargar Documento
Boletín: 15/10/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6123
Documento: Modificación Descargar Documento