Ayudas del Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD)-ICO.

Código de ayuda:

S00328/03

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/12/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas financieras de carácter concesional a países en vías de desarrollo, a sus instituciones públicas o a sus empresas residentes, así como a instituciones financieras multilaterales.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Economía ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Diversas cuantías, pero El importe máximo de estos estudios es de 300.506 € (50 millones de pesetas), aunque excepcionalmente pueden ser superados el proyecto al que se refiere el estudio, en ocasiones es financiado con un crédito FAD.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Personas físicas y jurídicas, empresas y entidades sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Créditos o donaciones.
Las ayudas concedidas con cargo al FAD bajo la modalidad de crédito o donación están habitualmente vinculadas a la adquisición de bienes y servicios españoles.

- Contribuciones a Organismos Multilaterales de Desarrollo.
Contribuciones a Organismos Multilaterales de Desarrollo de las que España es socio.

- Línea FEV.
Financiar mediante donaciones la realización de estudios de viabilidad por empresas consultoras españolas. La finalidad de estas donaciones es favorecer que las empresas españolas ejecuten proyectos en el exterior.

- L-500.
Financiar la contratación de servicios de consultoría para la identificación, definición, seguimiento o evaluación de proyectos financiados con cargo al FAD.La contratación del estudio es decidida por un Grupo de Trabajo compuesto por representantes del ICO y de la Dirección General de Comercio e Inversiones de la Secretaría de Estado de Comercio y Turismo.

Requisitos:

Diversa documentación.

Documentos asociados

Boletín: 27/06/2003
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 153
Documento: Convocatoria Descargar Documento