Ayudas del Departamento de Industria, Comercio y Turismo a la Investigación Estratégica en el marco del «Programa Etortek».- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S13637/05

Norma:

RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2008. RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2007. RESOLUCIÓN de 28 de marzo de 2007. Resolución 23 de marzo de 2005. Orden de 7 de octubre de 2002. Orden de 22 de marzo de 2005. RESOLUCION de 16 de diciembre de 2009. RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2011. RESOLUCIÓN de 15 de febrero de 2012. RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2013. RESOLUCIÓN de 9 de julio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/09/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria para el ejercicio 2014 de las ayudas previstas en la Orden, por la que se regula el «Programa Etortek» de ayudas a la investigación estratégica.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Consejería de Desarrollo Económico e Infraestructuras (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Para actividades de I+D+i hasta el 100%.

b) Para la creación de infraestructuras hasta el 100%.

c) Para las estancias de investigadores hasta el 75%.

d) Para la recuperación de investigadores hasta el 75%.

e) Para la firma de acuerdos de cooperación internacional hasta el 70%.

f) Para el desarrollo de observatorios de vigilancia científica y tecnológica hasta el 75%.

g) Para la realización de actividades de difusión de la investigación científico-tecnológica, hasta el 75%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los Agentes Científico-Tecnológicas integradas en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación y acreditadas a tal efecto, de conformidad con lo establecido en el Decreto 221/2002, de 1 de octubre por el que se actualizan las bases de regulación de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.

En todo caso los beneficiarios señalados en el número anterior deberán realizar ellos mismos las actividades subvencionables establecidas en este Decreto y localizar los proyectos objeto de ayuda en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y, en su caso, de Seguridad Social de conformidad con lo que al respecto disponga la normativa vigente en la materia.

Será, asimismo, requisito indispensable que los beneficiarios tengan personalidad jurídica propia y suficiente capacidad de obrar y que no se encuentren inhabilitadas para la obtención de subvenciones públicas o para contratar con la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco u otro ente público. En el caso de los Centros, Institutos, Departamentos, Secciones u otras Unidades de Investigación de una Universidad del País Vasco, de las Unidades de Investigación y Desarrollo sanitarias integradas en Osakidetza y de Unidades de Investigación y Desarrollo sanitarias que no posean forma jurídica propia y estén integradas en Centros Sanitarios privados serán beneficiarias las Entidades en las que se encuentren integrados que ostenten personalidad jurídica propia.

Asimismo tendrán la consideración de beneficiarios los Organismo Públicos de Investigación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de investigación básica-fundamental orientada realizados por los agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, que puedan contemplar previsiones de formación de alto nivel en centros e instituciones de referencia en la materia o con un componente importante de cooperación internacional y/o orientados a ampliar los conocimientos en las áreas que por su fuerte demanda potencial en el medio y largo plazo formen parte de los Programas de Investigación Estratégica enmarcadas en las Políticas de Ciencia, Tecnología e Innovación del Gobierno Vasco.

Los proyectos podrán incluir actividades del siguiente tipo:

a) Actividades de Investigación y Desarrollo, esto es, trabajos sistemáticos (originales, experimentales o teóricos) basados en conocimientos existentes o no, obtenidos mediante investigación y/o experiencia práctica, realizados con el fin de adquirir nuevos conocimientos sobre el fundamento de los fenómenos y de los hechos observables o, alternativamente, dirigidos a una
aplicación o utilización determinada.

b) Generación de infraestructura y adquisición de equipamiento científico avanzado.

c) Actividades de capacitación y formación de alto nivel del equipo investigador.

d) Actividades vinculadas a la firma de acuerdos de cooperación internacional.

e) Actividades de vigilancia científica y tecnológica.

f) Estancias de investigadores y tecnólogos de Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación en centros de excelencia del extranjero.

g) Estancias de investigadores y tecnólogos de prestigio internacional en Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.

h) Recuperación en los Agentes Científico-Tecnológicos de investigadores y tecnólogos formados en el extranjero.

i) Difusión de la investigación científico-tecnológica.

Requisitos:

Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden de 7 de octubre de 2002, modificada por la Orden de 16 de abril de 2003 y la Orden de 22 de marzo de 2005 de la Consejera de Industria, Comercio, y Turismo, deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 5 de la Orden de referencia.

Documentos asociados

Boletín: 08/10/2002
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 191
Documento: Orden de 7 de octubre de 2002 - Bases Descargar Documento
Boletín: 01/04/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 61
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 04/04/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 62
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 16/12/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 238
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 18/04/2007
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 74
Documento: Convocatoria 2007 Descargar Documento
Boletín: 26/12/2007
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 247
Documento: Aumento de recursos Descargar Documento
Boletín: 10/06/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 109
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 03/07/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 126
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 23/02/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 37
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 30/12/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 250
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín: 31/03/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 63
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín: 23/02/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 39
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 27/05/2013
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 100
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 16/07/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 134
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento