Ayudas del Consell Insular de Menorca para la realización de actividades juveniles, para la promoción del voluntariado y para el mantenimiento y el funcionamiento de las entidades juveniles de Menorca.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S18473/15

Norma:

Maó, 14 de abril de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de mayo de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar a las entidades juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud para la realización de actividades destinadas a los jóvenes, promover el voluntariado y colaborar en los gastos de funcionamiento de las asociaciones juveniles de Menorca que desarrollen actividades para los jóvenes a lo largo del año de la convocatoria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de las subvenciones será de 3.000 € por entidad y concepto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las entidades juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas en el censo insular o balear de entidades juveniles y de entidades prestadoras de servicios a la juventud, que lleven a cabo actividades y servicios a la juventud de Menorca dentro del 2015.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Subvenciones a actividades:

Las entidades juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud pueden presentar solicitud de subvención para las actividades realizadas y previstas realizar dentro del 2015 que tengan como destinatario la juventud de Menorca.

Subvenciones al mantenimiento de la entidad:

Las entidades juveniles que tengan sede en Menorca y presenten actividades dentro de esta convocatoria, pueden presentar también solicitudes de subvención de los gastos de mantenimiento y funcionamiento ordinario.

Son gastos subvencionables de mantenimiento y funcionamiento ordinario: el mantenimiento de locales (limpieza ...), los bienes inventariables (equipos y aplicaciones informáticas, electrodomésticos, mobiliario ...), el funcionamiento general de la entidad (seguros, agua, electricidad , teléfono, material fungible de oficina) y el personal contratado para llevar a cabo tareas de gestión interna de la entidad.

Documentos asociados

Boletín: 18/04/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 56
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento