Ayudas del Consell Insular de Menorca para la realizacion de actividades juveniles, para la promocion del voluntariado y para el mantenimiento y el funcionamiento de las entidades juveniles de Menorca.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S45700/14

Norma:

Maó, 17 de septiembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/10/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Dar apoyo a las entidades juveniles y las entidades prestadoras de servicios a la juventud para la realización de actividades destinadas a los jóvenes, la promoción del voluntariado, y colaborar en los gastos de funcionamiento de las asociaciones juveniles de Menorca que desarrollen actividades para los jóvenes a lo largo del año de la convocatoria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de las subvenciones será de 2.500 € por entidad y concepto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las entidades juveniles y las entidades prestadoras de servicios a la juventud, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas en los censos insular o balear de entidades juveniles y de entidades prestadoras de servicios a la juventud, que realicen actividades y servicios a la juventud de Menorca dentro en 2014.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las entidades juveniles y las entidades prestadoras de servicios a la juventud pueden presentar solicitudes de subvención para las actividades realizadas y previstas realizar dentro del 2014 que tengan como destinatarios a los jóvenes de Menorca.

Las entidades juveniles que tengan sede en Menorca y presenten actividades juveniles dentro de esta convocatoria, pueden presentar también solicitudes de subvención de los gastos de mantenimiento y funcionamiento ordinario.

Requisitos:

En cualquier caso, no pueden ser beneficiarias las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones que establece el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 25/09/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 129
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento