Ayudas del Consell Insular de Menorca a las escuelas infantiles de menorca con alumnos de primer ciclo de educación infantil (0-3 años).

Código de ayuda:

S54419/19

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de noviembre de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las ayudas es colaborar en el funcionamiento de las escuelas infantiles y apoyar las actividades educativas que desarrollan y que van destinadas a niños y familias en edades correspondientes al primer ciclo de la educación infantil, 0-3 años.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe global máximo de la convocatoria es de 450.000 € (doscientos cincuenta mil euros).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los beneficiarios deben ser titulares de escuelas infantiles de Menorca de primer ciclo de educación infantil, 0-3 años, que estén autorizados como centros educativos para impartir el primer ciclo de educación infantil y, cumplir el resto de requisitos indicados en las bases de la convocatoria.

Requisitos:

a) Los beneficiarios deben ser titulares de escuelas infantiles de Menorca de primer ciclo de educación infantil, 0-3 años, que estén autorizados como centros educativos para impartir el primer ciclo de educación infantil.

b) Se deberá tener constituido el Consejo Escolar de centro y haber nombrado al director o directora.

c) Se dispondrá de Proyecto Educativo de Centro, y del Plan de atención a la diversidad y de la Programación General Anual.

d) Se dispondrá de la Memoria anual del curso 2018-19 aprobada por el Consejo Escolar.

e) El centro debe estar al corriente de los pagos de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener ninguna obligación fiscal pendiente con el Consell Insular de Menorca.

f) Los centros deben estar dentro del programa GESTIB de la Consejería de Educación y Universidad del Gobierno de las Islas Baleares y lo mantendrán actualizado en lo que se refiere a gestión administrativa del alumnado y del profesorado.

g) En cualquier caso, no pueden ser beneficiarios las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el art.13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 08/10/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 137
Documento: Bases y Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 08/10/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 137
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 22/10/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 181
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento