Ayudas del Consejo Insular de Menorca para la redacción o revisión del Plan del Voluntariado por parte de las entidades.

Código de ayuda:

S62755/20

Norma:

Acuerdo 23.11.2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de febrero de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 1.500

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las ayudas es financiar la redacción, modificación o revisión del plan de voluntariado por entidades privadas sin ánimo de lucro con domicilio en Menorca que cumplan actividades de interés general y hayan decidido que la participación voluntaria de la ciudadanía es un valor imprescindible para lograr su misión, y que cumplan los requisitos que contempla la ley.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo que se puede conceder por cada entidad beneficiaría será de 1.500 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Se pueden acoger a esta convocatoria las entidades privadas sin ánimo de lucro con domicilio en Menorca que cumplan actividades de interés general y hayan decidido que la participación voluntaria de la ciudadanía es un valor imprescindible para lograr su misión, y que cumplan los requisitos.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas, con un mínimo de 12 meses a contar desde la publicación de la convocatoria que acompaña las presentes bases, e inscritas en los registros correspondientes de acuerdo con la normativa establecida.

b) Estar integradas por personas voluntarias, sin perjuicio del personal asalariado que puedan tener.

c) Desarrollar una parte o todas sus actuaciones mediante actividades de voluntariado.

d) Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y, en el caso de tener excepción, presentarla.

e) Tienen que actuar dentro del ámbito territorial de Menorca. En el supuesto de que su ámbito de actuación sea más amplio, se tiene que justificar todo de acuerdo con el qué consta en su punto 2.1 de la base séptima.

f) Las diferentes delegaciones, legalmente constituidas, de una misma entidad privada sin ánimo de lucro se pueden presentar a esta convocatoria si presentan programas específicos diferenciados que gestionen de forma autónoma cada una de ellas, siempre que no actúen sobre un mismo municipio.

g) Encontrarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con el Consejo Insular de Menorca, en el momento de presentar la solicitud de subvención.

h) No estar integradas en una fundación que se haya constituido con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, del Consejo Insular de Menorca, o el patrimonio fundacional de la cual, con carácter de permanencia, esté formado en más de un 50% por bienes o derechos aportados o cedidos por la Administración insular.

i) No haber estado nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.

Documentos asociados

Boletín: 08/12/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 205
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 08/12/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 205
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento