Ayudas del Consejo Insular de Menorca a las organizaciones profesionales agrarias de Menorca (OPA).- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S30773/12

Norma:

Maó, a 30 de julio de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/09/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Participar en los gastos originados por la realización de las actividades ordinarias propias de las organizaciones profesionales agrarias de la isla de Menorca (en adelante OPA) desde día 01/01/2012 hasta el día 03/12/2012.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para el cálculo de las ayudas se tendrán en cuenta los límites siguientes:

1 Para las actuaciones de representación de las OPA fuera de Menorca se destinará como máximo una ayuda total de 1.000€. Se podrán presentar los siguientes gastos:

a. Traslado: se podrá destinar un máximo de 200€ por persona y viaje.

b. Alojamiento: se podrá destinar hasta un máximo de 150€ por persona y viaje.

c. Dietas: se destinará una cantidad de 64.40€ por persona y viaje.

2.Para las actuaciones de formación y publicaciones, se destinará una ayuda máxima total de 4.000€. Si el coste de la actuación es inferior de este importe no se pagará más del coste de la actividad.

3.Para mantenimiento de la organización profesional agraria, se destinará 25€ por afiliado que esté al corriente del pago de la cuota del año 2011 en la organización. La ayuda máxima total por este concepto será de 2.500€. La subvención máxima que puede recibir cada OPA es de 7.500€.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las organizaciones profesionales, agrarias legalmente constituidas , que tengan su domicilio social y ámbito de actuación dentro del territorio de Menorca y un funcionamiento interno real y democrático.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a. El desarrollo de función representativa de los intereses socioeconómicos de sus asociados (gastos de transporte, alojamiento, etc, Para la asistencia a reuniones o jornadas en representación de la organización ante organismos oficiales).

b. Publicación del medio de comunicación de la organización dirigida principalmente a sus socios, tanto si es impresa como en digital.

c. La realización de actividades de carácter formativo relacionadas con el sector y que estén encaminadas a la capacitación de sus asociados y la formación de sus trabajadores, siempre que tengan relación con un mejor servicio a los asociados.

d. Gastos generales de mantenimiento de la propia organización profesional agraria.

Requisitos:

En cualquier caso, no pueden ser beneficiarias las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el art. 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre , por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones y el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 09/08/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 115
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento