Ayudas del Consejo Insular de Menorca a las agrupaciones de defensa vegetal de Menorca.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S19855/13

Norma:

Maó, 27 de mayo de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/06/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar las actuaciones llevadas a cabo desde el 1 de diciembre de 2012 al 30 de noviembre de 2013 por las agrupaciones de defensa vegetal (en adelante ADV) de acuerdo con la Orden del Consejero de Agricultura y Pesca de 7 de marzo de 1990, por la que regula las Agrupaciones de Defensa Vegetal.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Cuantía máxima: 44.000€.

El importe de las subvenciones o ayudas a que se concedan no puede superar en ningún caso, de manera aislada o en concurrencia con otras ayudas, el coste de la actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las ADV constituidas de acuerdo conl a Orden del Consejero de Agricultura y Pesca de 7 de marzo de 1990, que regula la constitución de las agrupaciones de defensa vegetal y que estén ubicadas en Menorca.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Los sueldos y las cuotas patronales de la Seguridad Social correspondientes al personal técnico contratado por la ADV.

b) Contratos de arrendamiento de servicios de dirección técnica de la ADV.

c) Los gastos de los técnicos de la ADV para asistir a cursos o seminarios relativos a la actividad de la ADV.

d) Los gastos generados por los desplazamientos de los técnicos a las explotaciones socias de la ADV.

e) La asistencia a ferias por parte del personal técnico y de los socios de la ADV.

f) La compra de material para la prevención de plagas y la lucha biológica contra plagas: productos fitosanitarios adminitidos en agricultura ecológica, material de trampeo, feromonas, enemigos naturales, así como el material y las actuaciones que tengan como finalidad la disminución de los tratamientos fitosanitarios.

g) La compra de contenedores para la recogida selectiva en la finca de envases fitosanitarios.

h) Material de laboratorio.

i) Asistencia técnica y económicas.

j) Promoción de la ADV y sus productos.

Requisitos:

En cualquier caso, no pueden ser beneficiarios las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el art. 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones y el arte. 13 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 04/06/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 78
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento