Ayudas de transporte y comedor a Centros Privados Concertados de Educación Especial para el curso 2007/2008.

Código de ayuda:

S07500/07

Norma:

Orden de 05-01-2007. Orden de 15-01-2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/03/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar ayudas de transporte y comedor para el curso 2007/2008, destinadas a financiar el coste del desplazamiento diario y el servicio de comedor escolar de los alumnos y alumnas matriculados, por necesidades de escolarización específica, en Centros Privados Concertados de Educación Especial.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Educación y Ciencia (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Varía dependiendo de la modalidad, consultar el apartado tercero de la Orden de convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

La presente Orden será de aplicación en Centros Privados Concertados de Educación Especial de Castilla-La Mancha y al alumnado de los mismos con residencia en esta Comunidad Autónoma.

Requisitos:

Los centros beneficiarios de las ayudas vienen obligados a:

- Tener concierto educativo en educación especial para el curso escolar correspondiente a la convocatoria.

- Prestar el servicio de transporte escolar al alumnado gratuitamente, así como llevar a cabo su gestión de conformidad con las normas que se detallan en el apartado 4.1 de la Orden de convocatoria.

El alumnado beneficiario de las ayudas queda obligado a :

- Estar escolarizado en el Centro Concertado de Educación Especial más próximo a la residencia del alumno o alumna, adecuado a las características de sus necesidades pedagógicas, de acuerdo con la Resolución del Consejo Provincial de Escolarización.

Con carácter general, los beneficiarios de estas ayudas quedan obligados a tener su domicilio fiscal en Castilla-La Mancha así como a hacer declaración de la no concurrencia de las circunstancias previstas en el art. 13 de la Ley General de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 25/01/2007
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 19
Documento: Convocatoria 2006/2007 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 06/02/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 27
Documento: Convocatoria 2007/2008 y Anexos Descargar Documento