Ayudas de personal investigador en formacion (Modalidad B).

Código de ayuda:

S24846/12

Norma:

RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2012.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas para el nombramiento de personal investigador en formación, y está dirigida a alumnos de estudios oficiales de postgrado de la Universidad de Zaragoza, con el fin último de presentar una Tesis Doctoral.

Categorías Subvención

  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Universidad de Zaragoza (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La dotación de las ayudas es la siguiente:

- Periodo de beca: 1.142 euros/mes.

- Período de contrato: 14 mensualidades de 1.114,35 euros por cada año de contrato.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los titulados universitarios que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El nombramiento de personal investigador en formación.

Requisitos:

Los solicitantes deberán acreditar estar en posesión del título o superado los requisitos para acceder a las enseñanzas de tercer ciclo, a los estudios oficiales de posgrado, o a los programas oficiales de doctorado, conforme a alguna de las siguientes ordenaciones universitarias:

a) Estudios de tercer ciclo regulados por el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, por el que se regula el tercer ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del título de Doctor y otros estudios de postgrado: Haber finalizado los estudios conducentes al Título oficial español de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.

b) Estudios Oficiales de Posgrado regulados por el Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios oficiales de postgrado o por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales:

1.º Haber finalizado los estudios conducentes al título oficial español de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Graduado.

2.º Haber finalizado los estudios conducentes al título oficial español de Diplomado, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico, y tener superados al menos 60 créditos de posgrado.

c) En el caso de los solicitantes que hayan obtenido el título o realizado los estudios que den acceso al doctorado conforme a sistemas educativos extranjeros, se estará a lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.

d) Enseñanzas oficiales de doctorado reguladas por el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero.

Documentos asociados

Boletín: 03/07/2012
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 128
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento