Ayudas de minimis para la creación en artes visuales y proyectos audiovisuales.

Código de ayuda:

S57591/19

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de diciembre de 2019.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 10.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas ayudas es el fomento y el desarrollo de actividades en el área de las artes plásticas, visuales y audiovisuales en Menorca.

Se busca fomentar la investigación, la producción, la formación y la realización de exposiciones para artistas menorquines con proyectos que deben ser realizados por artistas residentes en Menorca y que pueden ser individuales o colectivos.

También se quiere contribuir a la creación de obras audiovisuales de especial interés para Menorca.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Línea 1. Proyectos de investigación artística: se concederán cuatro ayudas por un importe máximo de 2.500 euros cada una (de las cuales 1.000 euros serán para los investigadores y 1.500 para los gastos de producción).

Línea 2. Proyectos de formación en artes visuales: se concederán cinco ayudas por un importe máximo de 2.000 euros cada una.

Línea 3. Producción de obra: se concederán dos ayudas por un importe máximo de 5.000 euros cada una (de las cuales 2.000 euros serán para los artistas y 3.000 para los gastos de producción).

Línea 4. Producción de exposiciones: se concederán dos ayudas por un importe máximo de 5.000 euros cada una (de las cuales 1.500 euros serán para honorarios de los profesionales que participen en la organización de la exposición y 3.500 para los gastos de producción ).

Línea 5. Preproducción y postproducción de proyectos audiovisuales: 10.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Ayudas para proyectos de investigación artística

2. Ayudas para proyectos de formación en artes visuales

3. Ayudas para producción de obra

4. Ayudas para producción de exposiciones

5. Ayudas para preproducción y postproducción de proyectos audiovisuales.

Requisitos:

Para todas las líneas, pueden ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, que cumplan una de las siguientes condiciones:

- Ser personas físicas empadronadas en la isla o entidades con domicilio o sede social en Menorca con un año de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria.

Además, para cada línia en concreto los requisitos serán:

Línea 1:

- Las personas físicas o entidades que presenten un proyecto de especial interés para esta la isla (aunque no sean residentes). Se considerará de especial interés cuando la temática del proyecto sea de manera preferente la isla de Menorca. No se considerarán de especial interés obras de tema de ámbito balear o más amplio que tangencialmente se refieran a Menorca o que dediquen un pequeño apartado.

- Realizar las actividades a las que se refiere la convocatoria.

- Las personas o los equipos seleccionados en alguna de las ediciones anteriores no podrán presentarse a la misma modalidad para la que fueron seleccionados hasta tres años después de la adjudicación de la misma.

Línea 2:

- Las personas físicas o entidades no residentes o domiciliadas en Menorca, pero que presenten un proyecto formativo para ser realizado en Menorca y que se considere de interés para esta isla.

- Realizar las actividades a las que se refiere la convocatoria.

Líneas 3 y 4:

- Realizar las actividades a las que se refiere la convocatoria.

- Las personas o los equipos seleccionados en alguna de las ediciones anteriores no podrán presentarse a la misma modalidad para la que fueron seleccionados hasta tres años después de la adjudicación de la misma.

Línea 5:

- Las personas físicas o entidades no residentes o domiciliadas en Menorca, pero que presenten un proyecto de especial interés para esta la isla. Se considerará de especial interés cuando la temática del proyecto sea de manera preferente la isla de Menorca. No se considerarán de especial interés obras de tema de ámbito balear o más amplio que tangencialmente se refieran a Menorca o que dediquen un pequeño apartado.

- En el momento de formalizar la solicitud, todos los solicitantes deben estar incorporados en el Directorio de profesionales y empresas del ámbito audiovisual de la «Film Commission» o ente público equivalente del territorio donde tengan establecido su domicilio.

Documentos asociados

Boletín: 31/10/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 148
Documento: Bases y Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 31/10/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 148
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento