Ayudas de minimis para el fomento de la distribucion de alimentos ecologicos para programas de consumo social y/o local y se convocan las correspondientes a 2009.

Código de ayuda:

S33873/09

Norma:

ORDEN AAR/197/2009, de 21 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establece la Orden es el fomento de la distribución de alimentos ecológicos para programas de consumo social y/o local en el ámbito territorial de Cataluña, que incluyen:

a) Creación y mantenimiento de centros de concentración de la oferta de productos ecológicos.

b) Medios materiales y humanos para la distribución de alimentos ecológicos.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda tiene carácter de subvención directa aplicable a los gastos ocasionados por:

a) contratación de personal técnico y administrativo dedicado, de forma exclusiva, a realizar las actuaciones por las que se solicita la ayuda.

b) adquisición e instalación de equipos y maquinaria nueva, incluidos material mobiliario de oficina e informático relacionados con la ejecución de las actuaciones por las que se solicita la ayuda.

c) mejora y acondicionamiento de locales e instalaciones.

d) Adquisición de vehículos preparados para la distribución de alimentos ecológicos.

e) Creación o ampliación de páginas Web específicas de producción y alimentación ecológica destinadas a la distribución de alimentos ecológicos. No son subvencionables los gastos de mantenimiento de la página web.

No se subvencionará el impuesto sobre el valor añadido, los gastos corrientes ni los de publicidad.

La cantidad máxima de inversión subvencionable reconocida será de 42.860 euros por entidad beneficiaria.

La cuantía máxima destinada a esta ayuda y la aplicación presupuestaria a la que se tiene que imputar es la que se determina en el artículo 2.3 de la Orden.

El importe de la ayuda no puede ser superior al 35% del gasto subvencionable y, en cualquier caso, no superior a 15.001 euros por solicitud.

La determinación de la cuantía de las ayudas se realizará en función del número de solicitudes y de la disponibilidad presupuestaria, y de acuerdo con los criterios de atribución y prioridad establecidos en el apartado 4 de estas bases reguladoras.

Sin perjuicio de estos importes máximos subvencionables, estas ayudas se someterán al Reglamento (CE) 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis, y por lo tanto el total de ayudas de minimis otorgado a una persona solicitante no podrá exceder los 200.000 euros brutos durante el ejercicio fiscal en curso y los dos ejercicios fiscales anteriores.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

    Detalle beneficiarios:

    Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas jurídicas dedicadas a la distribución de alimentos ecológicos en Cataluña.

    Requisitos:

    a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.

    b) Distribuir mayoritariamente alimentos ecológicos.

    Documentos asociados

    Boletín: 28/04/2009
    DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5368
    Documento: Bases y Convocatoria 2009 Descargar Documento