Ayudas de minimis para el fomento de la distribucion de alimentos ecologicos para programas de consumo social y/o local correspondientes a 2010.

Código de ayuda:

S24564/10

Norma:

ORDEN AAR/230/2010, de 7 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomento de la distribución de alimentos ecológicos para programas de consumo social y/o local en el ámbito territorial de Cataluña, que incluyan:

a) Creación y mantenimiento de centros de concentración de la oferta de productos ecológicos.

b) Medios materiales y humanos para la distribución de alimentos ecológicos.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Comercio
  • Empleo
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Dirección General de Agricultura y Ganadería (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda no puede ser superior al 35% del gasto subvencionable y, en cualquier caso, no superior a 15.001,00 euros por solicitud.

La determinación de la cuantía de las ayudas se realizará en función del número de solicitudes y de la disponibilidad presupuestaria, y de acuerdo con los criterios de atribución y prioridad establecidos en el apartado 4 de las bases reguladoras.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas dedicadas a la distribución de alimentos ecológicos en Cataluña y que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La ayuda tiene carácter de subvención directa aplicable a los gastos ocasionados por:

a) Contratación de personal técnico y administrativo dedicado, de forma exclusiva, a realizar las actuaciones por las que se solicita la ayuda. La cantidad máxima de inversión subvencionable reconocida relativa a la contratación de personal será de 20.000,00 euros por entidad beneficiaria.

b) Mejora y acondicionamiento de locales e instalaciones excluidos el material de oficina e informático.

c) Adquisición de vehículos preparados para la distribución de alimentos ecológicos.

d) Creación o ampliación de páginas web específicas de producción y alimentación ecológica destinadas a la distribución de alimentos ecológicos. No son subvencionables los gastos de mantenimiento de la página web.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.

b) Distribuir mayoritariamente alimentos ecológicos.

Documentos asociados

Boletín: 16/04/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5609
Documento: Bases y Convocatoria 2010 Descargar Documento