Ayudas de minimis para el año 2021 a los mataderos.

Código de ayuda:

S30473/18

Norma:

Orden de 10 de marzo de 2005. Resolución de 11 de junio de 2018. Resolución de 3 de abril de 2019. Resolución de 29 de octubre de 2020. Resolución de 18 de marzo de 2021. Resolución de 17 de diciembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de febrero de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 250.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se aprueba la convocatoria de ayudas a los mataderos por la prestación de servicio de interés económico general, de acuerdo con lo que establecen el apartado 3 de la disposición final segunda del Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, sanitarios o sociales de la comunidad autónoma de las Islas Baleares y la Orden de la consejera de Agricultura y Pesca de 10 de marzo de 2005 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en los sectores agrario y pesquero.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de ayuda se limitará a 250.000,00 € por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios de las ayudas que prevé esta Resolución los titulares de los mataderos de las Islas Baleares autorizados para el sacrificio de aves, bovinos, ovinos, porcinos, solípedos, lagomorfos o ratites (aves corredoras) que, en la fecha final del plazo de presentación de solicitudes, estén inscritos en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, regulado en el Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Los derivados de la prestación de los servicios externos: alquileres y cánones, transportes, seguros, servicios bancarios y similares, suministros y otros servicios relacionados con la prestación del servicio.

- Tributos autonómicos y de la Administración local.

- Gastos de personal: sueldos y salarios, Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 17/03/2005
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Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 14/06/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 73
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento
Boletín: 14/06/2018
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Boletín: 06/04/2019
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Boletín: 06/04/2019
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Documento: Modificación plazo solicitud Descargar Documento
Boletín: 13/06/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 78
Documento: Corrección errores convocatoria Descargar Documento
Boletín: 31/10/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 188
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Boletín: 20/03/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 39
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Boletín: 28/12/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 178
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