Ayudas de matrícula para estudiantes que cursen estudios oficiales de grado y máster de la Universidad de Oviedo.

Código de ayuda:

S03528/20

Norma:

Resolución de 22 de enero de 2020. Resolución de 24 de febrero de 2020. Resolución de 10 de junio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de julio de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de la presente convocatoria es la concesión de ayudas destinadas a compensar económicamente a aquellos estudiantes cuyas circunstancias socioeconómicas dificulten el acceso o la continuidad de sus estudios.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Universidad de Oviedo (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán participar quienes reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se establecen dos modalidades de ayuda destinada a compensar el pago de los precios públicos por matrícula para los estudios oficiales de grado y máster:

• Modalidad A: ayudas al estudio para el pago de la matrícula, que cubrirán exclusivamente el importe de los créditos en primera matrícula, excluidos los de segunda y posteriores, con un máximo de 60 créditos para los estudios de grado y máster y 72 para los estudios de doble grado.

• Modalidad B: ayudas al estudio para el pago de la matrícula dirigidas a estudiantes con escasos recursos económicos por causas sobrevenidas, que cubrirán el importe de los créditos en primera y segunda matrícula,
excluidos los de tercera y posteriores.

Requisitos:

a) Poseer nacionalidad española o de otro país de la Unión Europea. En el supuesto de extranjeros no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

b) Estar matriculado en estudios oficiales de grado y máster universitario, impartidos en centros de la Universidad de Oviedo.

c) Las convocatorias podrán establecer la exigencia de un número mínimo de créditos superados en el curso anterior y/o matriculados en el actual para conceder las ayudas recogidas en la correspondiente convocatoria.

d) Para la concesión de las ayudas, se tendrán en cuenta los umbrales de renta y/o patrimonio familiar que establezca la convocatoria.

e) Las convocatorias establecerán el ejercicio fiscal a efectos de la valoración de la situación económica de la unidad familiar.

Documentos asociados

Boletín: 29/01/2020
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 19
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
Boletín: 05/03/2020
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Boletín: 23/06/2020
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