Ayudas de los programas de ayuda al alquiler de vivienda y de ayuda a las personas jóvenes y para combatir el reto demográfico, previstas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.

Código de ayuda:

S59482/22

Norma:

Real Decreto 42/2022, de 18 de enero. ORDEN 3479/2022, de 7 de octubre. ORDEN 1099/2023, de 10 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de diciembre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas correspondientes al Programa de ayudas al alquiler de vivienda y Programa de ayudas a las personas jóvenes y para combatir el reto demográfico, en la modalidad de ayuda al alquiler, previstas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.

Categorías Subvención

  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura, e Interior. (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Las familias numerosas.

b) Unidades familiares monoparentales con cargas familiares.

c) Unidades de convivencia en las que exista alguna víctima acreditada de violencia de género o en las que alguna persona asume la patria potestad, tutela o acogimiento familiar permanente del menor huérfano por violencia de género.

d) Unidades de convivencia formada por personas víctimas de terrorismo.

A los efectos de esta Orden, tendrán la consideración de víctimas del terrorismo las personas que hayan sufrido daños incapacitantes como consecuencia de la actividad terrorista, los amenazados y secuestrados, así como el cónyuge o pareja de hecho y los hijos de los anteriores y de los fallecidos.

e) Unidades de convivencia que cuenten con algún miembro con discapacidad.

f) Unidades de convivencia en las que todas las personas integrantes se encuentren en situación de desempleo y hayan agotado las prestaciones.

g) Unidades de convivencia en la que todos sus miembros tienen edades iguales o superiores a 65 años en el momento de la solicitud.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Programa de ayuda al alquiler de vivienda:

Este programa tiene por objeto facilitar el disfrute de una vivienda o habitación en régimen de alquiler o de cesión de uso a sectores de población con escasos medios económicos y mayores de 65 años, mediante el otorgamiento de ayudas directas a las personas arrendatarias o cesionarias.

Programa de ayuda a las personas jóvenes:

Este programa tiene por objeto facilitar el acceso al disfrute de una vivienda o habitación digna y adecuada en régimen de alquiler o de cesión en uso a las personas jóvenes con escasos medios económicos, mediante el otorgamiento de ayudas directas a la persona arrendataria o cesionaria.

Documentos asociados

Boletín: 19/01/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 16
Documento: Real Decreto 42/2022 Descargar Documento
Boletín: 11/10/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 242
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín: 13/04/2023
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 87
Documento: crédito presupuestario 2023 Descargar Documento