Ayudas de la Junta de Extremadura a Entidades Locales para la instalacion de Puntos Limpios para la recogida selectiva de Residuos Urbanos - Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S63091/09

Norma:

DECRETO 213/2009, de 18 de septiembre. ORDEN de 17 de noviembre de 2009. ORDEN de 21 de diciembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/01/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva por la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente, de ayudas para la ejecución por las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura de obras correspondientes a la instalación de Puntos Limpios para la recogida selectiva de Residuos Urbanos, que se regirá conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/2009, de 18 de septiembre,
por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de la Junta de Extremadura a Entidades Locales para la instalación de Puntos Limpios para la recogida selectiva de Residuos Urbanos (DOE n.º 187, de 28 de septiembre).

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención a conceder por la Junta de Extremadura podrá ser de hasta el 75% de la inversión elegible, no superando ésta, en cualquier caso las cantidades fijadas en el Anexo II, para cada proyecto tipo.

El resto de la inversión hasta completar el 100% de la inversión elegible, corresponderá a las Entidades Locales beneficiarias de la subvención.

La concesión de las ayudas quedará subordinada a la existencia de dotación presupuestaria y hasta el límite de ésta.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades Locales o Mancomunidades Integrales, que pretendan realizar obras para la implantación de Puntos Limpios para la Recogida selectiva de Residuos Urbanos, que se encuentren en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considerarán inversiones subvencionables las siguientes:

— Las obras para la construcción del Punto Limpio.

— La dotación de instalaciones y equipamientos necesarios para el funcionamiento del Punto Limpio.

Documentos asociados

Boletín: 28/09/2009
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 187
Documento: Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
Boletín: 25/11/2009
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 227
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín: 31/12/2010
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 251
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento