Ayudas de la Acción III.2, “Apoyo al sector vacuno”, Subacción III.2.1 “Prima a los terneros nacidos de vaca nodriza”, Subacción III.2.2 “Prima a los terneros nacidos de otros vacunos” y Subacción III.2.3 “Prima por sacrificio” del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.

Código de ayuda:

S48455/19

Norma:

ORDEN de 28 de noviembre de 2017. ORDEN de 24 de mayo de 2019. Orden de 3 de agosto de 2019. Orden de 11 de junio de 2020. Orden de 24 de junio de 2025.

Plazo de Solicitud:

Según la fecha del nacimiento o sacrificio del ternero.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para la campaña 2025, las ayudas previstas en las Subacciones III.2.1 Prima a los terneros nacidos de vaca nodriza, III.2.2 Prima a los terneros nacidos de otros vacunos y III.2.3 Prima por sacrificio, del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los importes unitarios de las ayudas son los siguientes:

a) Subacción III.2.1 Prima a los terneros nacidos de vaca nodriza: 329 euros por cabeza.

b) Subacción III.2.2 Prima a los terneros nacidos de otros bovino: 126 euros por cabeza.

c) Subacción III.2.3 Prima por sacrificio: 75 euros para bovinos de 1 mes a menos de 10 meses de vida y 330 euros para bovinos de más de 10 meses de vida.

Se abonará un complemento de ayuda de un 10% de los importes que correspondieran a los beneficiarios que hayan percibido la ayuda correspondiente para la instalación de jóvenes agricultores del Programa de Desarrollo Rural (Medida 112 del PDR 2007-2013 o Submedida 6.1 del PDR 2014-2020) en la campaña en curso o en cualquiera de las cuatro anteriores y que mantengan dicha condición en la campaña objeto de las ayudas dispuestas en esta convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los productores que sean titulares de una explotación de vacuno correctamente inscrita y actualizada en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunidad Autónoma de Canarias (REGA), que sus animales consten en el Registro de Identificación Individual de Animales (RIIA) y que efectúen la correcta notificación de todos los movimientos del ganado al Registro de los Movimientos de Bovinos (REMO).

Requisitos:

Las solicitudes de ayuda para acogerse a esta convocatoria se presentarán en forma electrónica, a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org), ajustadas a los modelos normalizados accesibles a través de dicha sede, en los siguientes plazos:

- Animales nacidos o sacrificados durante los meses de enero a junio de 2025: del 1 al 31 de julio de 2025.

- Animales nacidos o sacrificados durante los meses de julio a diciembre de 2025: del 1 al 31 de enero de 2026.

Documentos asociados

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