Ayudas de la Accion Estrategica de Salud, en el marco del Plan Nacional de Investigacion Cientifica, Desarrollo e Innovacion Tecnologica 2008-2011.- Convocatoria 2012.- Modificación.

Código de ayuda:

S06573/12

Norma:

Resolución de 8 de febrero de 2012. Resolución de 13 de marzo de 2012.

Plazo de Solicitud:

Consultar según tipo de actuación.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento de concesión de ayudas contempladas en la Acción Estratégica de Salud (en adelante AES) del Plan Nacional de I+D+I vigente, que será el de concurrencia competitiva, de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 de la Orden de bases.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Economía y Competitividad ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

El personal investigador establecido para cada tipo de actuación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea 1.–Tecnologías moleculares y celulares de aplicación a la salud humana.

Contempla las tecnologías y herramientas necesarias para generar nuevo conocimiento y su transferencia a la práctica clínica en el área de la salud.

Sublíneas:

– Investigación biológica integrativa y de sistemas.

– Predicción, diagnóstico y seguimiento de enfermedades y monitorización de la respuesta terapéutica.

– Prevención, desarrollo de nuevos fármacos y terapias innovadoras.

Línea 2.–Investigación traslacional sobre la salud humana. Se centra en el conocimiento de los mecanismos implicados en las enfermedades y en su transferencia a las aplicaciones clínicas. En este apartado se establecen prioridades en torno a problemas de salud y tratamiento de aquellos grupos de entidades cuyo interés social y sanitario es más relevante, teniendo en cuenta los estudios de carga de enfermedad y de equidad personal.

Sublíneas:

– Cerebro, Enfermedades Neurológicas y Mentales.

– Desarrollo Humano y Envejecimiento.

– Enfermedades Infecciosas.

– Cáncer.

– Enfermedades Cardiovasculares.

– Diabetes y Obesidad.

– Enfermedades Raras.

– Enfermedades Respiratorias.

– Enfermedades del Aparato Locomotor y Tejido Conectivo.

– Enfermedades Crónicas e Inflamatorias.

Línea 3.–Fomento de la investigación en Salud Pública, Salud Ambiental y Salud Laboral y Dependencia y Servicios de Salud, para la mejor calidad de vida funcional de la población española. Se focaliza en nuevos métodos de investigación y generación de las bases científicas necesarias para sustentar las políticas y la toma de decisiones en el SNS. Todo ello sobre la base de estrategias basadas en la evidencia científica más
efectivas y eficientes de promoción de la salud, prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades, y rehabilitación. Sublíneas:

– Transferencia de los resultados de la investigación clínica a la práctica clínica.

– Calidad, eficiencia, sostenibilidad y solidaridad del SNS.

– Salud Pública.

– Salud Laboral.

– Salud Ambiental.

– Dependencia (asociada o no a estilos de vida o discapacidad psíquica y/o física).

Línea 4.–Fomento de la investigación farmacéutica en medicamentos y desarrollo de tecnologías
farmacéuticas. Investigación, Desarrollo e Innovación en fármacos para el tratamiento de las enfermedades más relevantes.

Línea 5.–El SNS como plataforma de desarrollo de investigación científica y técnica con el entorno industrial y tecnológico. Trata de potenciar las interfases entre SNS e industria para la resolución de preguntas que requieren la generación de conocimiento tecnológico. En particular, deben fomentarse dispositivos específicos de transferencia de conocimiento y tecnología en centros avanzados del SNS con instrumentos destinados a la detección y a la valoración de aquellos conocimientos aplicables que sean potencialmente comercializables, ya sea incorporados como nuevas innovaciones en industrias existentes o como candidatos a la creación de nuevo tejido empresarial.

Requisitos:

Los beneficiarios deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante Ley 38/2003, de 17 de noviembre) y no estar incursos en ninguna de las circunstancias señaladas en el apartado 2 de dicho artículo. Asimismo, deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido en los apartados 3 y 4 del artículo 5 de la Orden de bases.

Documentos asociados

Boletín: 02/03/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 53
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 22/03/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 70
Documento: Modificación Descargar Documento