Ayudas de impulso de la internacionalización y transformación digital de la empresa extremeña exportadora.

Código de ayuda:

S41782/21

Norma:

DECRETO 89/2021, de 21 de julio. RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 15.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de dos líneas de ayudas destinadas a la pequeña y mediana empresa extremeña; la línea dirigida a fomentar su internacionalización y fortalecer sus capacidades exportadoras, y la línea de ayuda dirigida a impulsar su transformación digital en la dirección de los mercados exteriores, mejorando el posicionamiento en el canal digital y facilitando su adaptación a nuevas formas de relación y de interacción con los agentes que operan en ellos, así como realizar la primera convocatoria
de ambas.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Comercio
  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Línea 1: de impulso a la internacionalización de la empresa extremeña. El importe máximo de ayuda que podrá recibir un mismo beneficiario por convocatoria no podrá exceder de 15.000 euros.


Línea 2: de transformación digital de la empresa exportadora. El importe máximo de ayuda que podrá recibir un mismo beneficiario por convocatoria no podrá exceder de 15.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en el presente decreto, las personas físicas y jurídicas que tengan la consideración de pequeña y mediana empresa y que ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura. También serán beneficiarios las asociaciones empresariales y los consorcios de exportación, así como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la ayuda y que ejerzan una actividad económica propia en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

También podrán ser beneficiarios las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas extremeñas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea 1: de impulso a la internacionalización de la empresa extremeña.
Serán subvencionables los proyectos de internacionalización, los planes de acción exterior o las acciones puntuales que encuadren una o varias de las acciones siguientes:

a) Participación en ferias comerciales de carácter internacional.

b) Misiones comerciales prospectivas, directas.

c) Misiones comerciales inversas.

d) Implantación en el exterior.

e) Registro de patentes y marcas en el exterior, así como homologaciones y certificaciones necesarias para la comercialización internacional de los productos.

f) Licitaciones internacionales.

g) Contratación de asesoramiento externo en comercio exterior.

h) Publicidad el exterior.

i) Presentaciones de productos, desfiles, demostraciones técnicas y talleres en vivo, así como otras acciones promocionales de carácter presencial en los mercados de destino.

Línea 2: de transformación digital de la empresa exportadora.

Serán subvencionables los proyectos y planes de internacionalización, o las acciones puntuales en el canal digital, que encuadren una o varias de las acciones siguientes:

a) Consultoría para la internacionalización digital.

b) Participación en ferias comerciales internacionales, así como en otros eventos y acciones promocionales en formato virtual.

c) Modificación, ampliación y reforma de la página web de la empresa respecto al posicionamiento orgánico SEO internacional.

d) Material promocional en formato digital enfocado a mercados exteriores.

e) Campañas promocionales y publicitarias en medios digitales internacionales.

En cualquier caso, la inversión mínima subvencionable habrá de alcanzar la cantidad mínima de 1.000 euros (IVA excluido).

Documentos asociados

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