Ayudas de equipamiento y reforma para centros de servicios sociales generales y centros especializados, para el ejercicio 2011.
Código de ayuda:
S02082/11Norma:
ORDEN 45/2010, de 29 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 11/02/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Financiar obras de reforma y de equipamiento de centros de servicios sociales generales y especializadospertenecientes a los sectores de tercera edad y otros colectivos en riesgo de marginación.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Comunidad Valenciana
Convoca:
Consellería de Bienestar Social (Comunidad Valenciana)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los titulares de centros de servicios sociales, de naturaleza pública ó privada, siempre que su actividad carezca de ánimo de lucro, que cumplan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las obras de reforma y de equipamiento de centros de servicios sociales generales y especializados pertenecientes a los sectores de tercera edad y otros colectivos en riesgo de marginación.En los casos en que se financien obras de reforma, la subvención concedida solo se destinará a financiar los gastos de la obra civil. Consecuentemente, no se sufragarán los gastos generados con ocasión de la redacción del proyecto técnico, estudios de seguridad o los que se deriven de la dirección de obra.
Requisitos:
a) En el caso de solicitar ayudas para equipamiento, el centro deberá tener la correspondiente resolución de autorización del centro. En los casos en que el centro sea de nueva construcción y no haya entrado en funcionamiento, se exige que el proyecto de la obra haya sido informado favorablemente por la Oficina Técnica de Proyectos y Obras de la Conselleria de Bienestar Social o en su defecto, que lo sea con anterioridad a la concesión de la ayuda.b) En el caso de solicitar las ayudas de reforma, será requisito imprescindible disponer del correspondiente informe favorable emitido por la Oficina Técnica de Proyectos y Obras de la Conselleria de Bienestar Social, sobre el proyecto técnico de las obras a realizar con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria, o haber presentado dentro de ese mismo plazo, la documentación técnica completa (proyecto básico y de ejecución), todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 21, apartado 1.2.b) del Decreto 91/2002, de 30 de mayo, del Consell, sobre Registro de Titulares de Actividades de Acción Social, y de Registro y Autorización de Funcionamiento de los Servicios de Acción Social en la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 4264, de 5 de junio de 2002).
Documentos asociados
Boletín:
11/01/2011
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6435
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6435
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento