Ayudas de equipamiento y reforma para centros de servicios sociales generales y centros especializados, para el ejercicio 2011.

Código de ayuda:

S02082/11

Norma:

ORDEN 45/2010, de 29 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/02/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar obras de reforma y de equipamiento de centros de servicios sociales generales y especializados
pertenecientes a los sectores de tercera edad y otros colectivos en riesgo de marginación.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Bienestar Social (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los titulares de centros de servicios sociales, de naturaleza pública ó privada, siempre que su actividad carezca de ánimo de lucro, que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las obras de reforma y de equipamiento de centros de servicios sociales generales y especializados pertenecientes a los sectores de tercera edad y otros colectivos en riesgo de marginación.

En los casos en que se financien obras de reforma, la subvención concedida solo se destinará a financiar los gastos de la obra civil. Consecuentemente, no se sufragarán los gastos generados con ocasión de la redacción del proyecto técnico, estudios de seguridad o los que se deriven de la dirección de obra.

Requisitos:

a) En el caso de solicitar ayudas para equipamiento, el centro deberá tener la correspondiente resolución de autorización del centro. En los casos en que el centro sea de nueva construcción y no haya entrado en funcionamiento, se exige que el proyecto de la obra haya sido informado favorablemente por la Oficina Técnica de Proyectos y Obras de la Conselleria de Bienestar Social o en su defecto, que lo sea con anterioridad a la concesión de la ayuda.

b) En el caso de solicitar las ayudas de reforma, será requisito imprescindible disponer del correspondiente informe favorable emitido por la Oficina Técnica de Proyectos y Obras de la Conselleria de Bienestar Social, sobre el proyecto técnico de las obras a realizar con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria, o haber presentado dentro de ese mismo plazo, la documentación técnica completa (proyecto básico y de ejecución), todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 21, apartado 1.2.b) del Decreto 91/2002, de 30 de mayo, del Consell, sobre Registro de Titulares de Actividades de Acción Social, y de Registro y Autorización de Funcionamiento de los Servicios de Acción Social en la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 4264, de 5 de junio de 2002).

Documentos asociados

Boletín: 11/01/2011
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6435
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento