Ayudas de determinadas intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Código de ayuda:

S11064/23

Norma:

ORDEN de 22 de febrero de 2023.

Plazo de Solicitud:

Desde el 1 de marzo hasta el 31 de mayo 2023. A partir del año 2024 iniciará el 1 de febrero hasta el 30 de abril de cada año.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de determinadas intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 de España (PEPAC), aprobado por la Decisión de Ejecución de la Comisión, de 31 de agosto de 2022, en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben
elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común, financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

A los efectos de lo establecido en el artículo 5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se considera Plan Estratégico de la presente línea de ayuda, el referido Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 aprobado por referida Decisión de ejecución de la Comisión y sus posibles modificaciones. Así mismo, esta Orden es coherente con el Plan específico elaborado por el órgano competente, conforme determina la referida Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Personas jurídicas o personas físicas, Apicultores y apicultoras, que sean titulares de explotaciones agrarias, considerándose como personas físicas sólo a una persona como única titular o titular individual o bien a las personas titulares de una explotación agraria de titularidad compartida prevista en el artículo 34.2.c) de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, que suscriban voluntariamente compromisos de gestión que se consideran beneficiosos para alcanzar los objetivos específicos mencionados.

Que se comprometan a adoptar o mantener las prácticas y métodos de agricultura ecológica definidos en el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de mayo de 2018 de Producción Ecológica y Etiquetado de los productos ecológicos.

Que suscriban voluntariamente compromisos para el fomento de las razas autóctonas amenazadas en la
Comunidad Autónoma de Extremadura.

Documentos asociados

Boletín: 23/02/2023
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 37
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento