Ayudas de cooperación para la vertebración del territorio, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027, y se aprueba la convocatoria para 2025.

Código de ayuda:

S25200/25

Norma:

ORDEN 2852/2025, de 17 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 8 de septiembre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente Orden es establecer las bases reguladoras de las ayudas económicas destinadas al fomento de la cooperación para la vertebración del territorio (Intervención 7163) en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España (PEPAC) aprobado por la Comisión Europea el 31 de agosto de 2022 para el período 2023-2027 y que incluye dentro de su ámbito territorial a la Comunidad de Madrid, así como aprobar la convocatoria de dichas ayudas para el año 2025.

La finalidad de la subvención prevista en la presente Orden es apoyar iniciativas de cooperación horizontal y vertical entre dos o más agentes de la cadena agroalimentaria (agricultores, ganaderos, industria agroalimentaria y empresas comercializadoras) para el desarrollo de cadenas de suministro corto y mercados locales, y la realización de actividades de promoción.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Comercio
  • Desarrollo Rural
  • Empleo
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura, e Interior. (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda adoptará la forma de subvención por medio del reembolso de los costes subvencionables en que haya incurrido efectivamente el beneficiario y será del 80 por 100 de los costes elegibles y del 65 por 100 cuando estos costes sean inversiones.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de esta ayuda las personas físicas o jurídicas, incluidas las Administraciones Publicas, cuya actividad se circunscriba al sector agrario o agroalimentario y sea desarrollada en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, que formen parte de un Grupo de Cooperación (GC) constituido para la ejecución de uno o más proyectos que contribuyan a los objetivos específicos relacionados con mejorar la posición del sector primario en la cadena de valor, el desarrollo de las zonas rurales, promoviendo el empleo, el crecimiento y la inclusión social. Así mismo, también podrán ser beneficiarios, los Grupos de cooperación constituidos como una entidad jurídica.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Estas ayudas podrán financiar las siguientes categorías de gastos:

a) Costes de personal adscrito directamente al proyecto, incluyendo al coordinador del proyecto, siempre que no sea el beneficiario directo de las ayudas.

b) Prestación de servicios.

c) Bienes de equipo, infraestructuras y prototipos, siempre que sean imprescindibles para la realización del proyecto: compra, alquiler.

d) Material fungible debidamente justificado.

e) Desplazamientos y manutención del personal directamente relacionado con el proyecto, que sean necesarios para la realización de las actividades objeto de subvención.

f) Otros gastos derivados del proyecto: propiedad intelectual, auditorías, traducciones, inscripciones en eventos, gastos de divulgación, gastos de coordinación, gastos de asistencia técnica y consultoría, gastos de preparación del proyecto de cooperación, gastos de alquiler de vehículos relacionados directamente con la actividad, o similares.

Documentos asociados

Boletín: 07/08/2025
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 186
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
Boletín: 07/08/2025
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 186
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento