Ayudas de cooperación para la sucesión de explotaciones agrícolas, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y por la Comunidad de Madrid y se aprueba la convocatoria para el año 2025 de la ayuda de cooperación para la sucesión de explotaciones agrícolas.
Código de ayuda:
S32100/25Norma:
ORDEN 4384 /2025, de 6 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 3 de diciembre de 2025.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 50.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto establecer en el capítulo I las bases reguladoras de las ayudas económicas destinadas a fomentar la sucesión de las explotaciones agrarias de la Comunidad de Madrid, así como aprobar en el capítulo II, la convocatoria para el año 2025 de la ayuda para financiar la cooperación para la sucesión de explotaciones agrícolas (Intervención 7169).Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Comunidad de MadridConvoca:
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura, e Interior. (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La ayuda máxima será de 50.000 euros por beneficiario.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios las personas físicas, que sean jefes de explotación, que sean propietarios en su totalidad o en parte de ella y que estén en situación de la jubilación establecida o cumplan los requisitos para acceder a la jubilación de la actividad en el momento de realizar la transmisión u otra causa justificada de cese de actividad como la incapacidad laboral permanente, conforme a la legislación nacional, y que cedan su explotación agraria a otra persona física o jurídica que quiera sucederle en la explotación agraria a través de un proyecto de cooperación para la sucesión de esa explotación agraria.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La acción subvencionable consistirá en la transmisión de la explotación agraria y cumplimiento del proyecto de cooperación.Requisitos:
a) Ser mayor de 18 años y no cumplir más de 50 años en el año natural de la convocatoria de las ayudas.b) No podrá ser familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad (incluidas personas vinculadas por análoga relación de afectividad) del cedente.
c) Cotizar a la Seguridad Social por su actividad agraria o comprometerse a ello con anterioridad al momento de la justificación de la ejecución del proyecto de cooperación.
Documentos asociados
Boletín:
19/11/2025
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 276
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 276
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
Boletín:
19/11/2025
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 276
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 276
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
