Ayudas de convocatoria abierta y permanente para actividades de cooperacion y ayuda al desarrollo, correspondiente al año 2007.

Código de ayuda:

S29346/07

Norma:

RESOLUCION de 5 de marzo de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/10/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas subvenciones tienen por objeto la financiación de proyectos o actividades de iniciativa particular en materia de cooperación al desarrollo, como pueden ser la promoción económica y social, cultural, técnica, científica, profesional, asistencial, de sensibilización y difusión de la cooperación internacional para el desarrollo, que podrán realizarse tanto en España como en el extranjero.

Serán subvencionables en esta convocatoria aquellos proyectos o actividades que se inicien entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007 y tengan una duración máxima de su período de ejecución de dieciocho
meses.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a la condición de beneficiarios de estas subvenciones los ciudadanos españoles y extranjeros, así como las personas jurídicas y entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Personas físicas: Haber cumplido la mayoría de edad.
b) Personas jurídicas: Estar legalmente constituidas.
c) Agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin personalidad jurídica: Cada una de las personas físicas o jurídicas que las integran deberán reunir los requisitos que según el caso determina este precepto y, además, estarán sometidas a las obligaciones que para las mismas establece el apartado 3 del artículo 11 de la Ley General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran de carácter prioritario las siguientes actividades:

1. Actividades de cooperación para el desarrollo, con especial atención a:

1.1 En el ámbito iberoamericano, en cuanto a sectores, la gobernabilidad, el desarrollo sostenible, la cohesión social, el desarrollo urbano, la salud, el agua y los programas indígenas, y en cuanto a prioridades
geográficas los países prioritarios en relación con programas regionales, países andinos y países de atención especial.
1.2 En el ámbito de los países del Mediterráneo y Europa Oriental, las actividades en sectores y países considerados prioritarios en el Plan Director de la Cooperación Española 2005-2008.
1.3 En el ámbito de los países de África Subsahariana y Asia, las actividades en sectores considerados prioritarios en el Plan Director de la Cooperación Española 2005-2008.
1.4 La Ayuda Humanitaria.
1.5 Las actividades de sensibilización hacia la cooperación.
1.6 Otras actividades relacionadas con la cooperación al desarrollo en el ámbito de las relaciones internacionales, las relaciones entre actores y el fortalecimiento de la sociedad civil.
1.7 La cooperación cultural y científica con países en vías de desarrollo.

2. Actividades de difusión y promoción cultural que contribuyan al conocimiento de la cultura española en el exterior o al acercamiento de ésta a otras culturas, con especial atención a las líneas de intercambio y
cooperación cultural.

3. Además de las prioridades sectoriales y geográficas señaladas, se dará prioridad a aquellas propuestas de actuación que cuenten con cofinanciación propia, del socio local o de otras procedencias.

Documentos asociados

Boletín: 27/03/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 74
Documento: Convocatoria Descargar Documento