Ayudas de concesión directa para entidades del ámbito de las artes escénicas y la música afectadas por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
Código de ayuda:
S19764/25Norma:
Resolución de 25 de junio de 2025. Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 11 de julio de 2025.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 25.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Ayudas para las entidades del ámbito de las artes escénicas y la música afectadas por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) destinadas a sufragar una serie de gastos realizados entre el 28 de octubre de 2024 y el 31 de diciembre de 2025, mediante procedimiento de concesión directa.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Cultura ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima que podrá percibir cada persona o entidad solicitante será de 25.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas privadas del ámbito de las artes escénicas y de la música.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) El alquiler o arrendamiento del espacio donde se desarrolla la actividad y que haya sufrido dañoscomo consecuencia de la DANA será subvencionable, siempre y cuando dicho espacio no sea la vivienda del solicitante ni pertenezca a una persona o entidad vinculada al solicitante.
b) Cuando la persona o entidad solicitante sea la propietaria del inmueble donde se desarrolla o
ejerce la actividad, y dicho espacio haya sufrido daños como consecuencia de la DANA y no sea la vivienda del solicitante, serán subvencionables el importe del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que haya sido efectivamente satisfecho y las cuotas de préstamos hipotecarios relacionados con dicho inmueble.
c) Gastos corrientes como el pago de suministro de servicios necesarios para el desarrollo de la
actividad en los edificios en los que se ubican las entidades (gastos de electricidad, agua, gas,
telefonía y comunicación, etc.), siempre y cuando dichos espacios hayan sufrido daños como consecuencia de la DANA y no se trate de la vivienda del solicitante ni pertenezca a una persona o entidad vinculada al solicitante.
d) En el caso de personas o entidades beneficiarias, serán subvencionables las nóminas de los
trabajadores en plantilla. En el caso de personas físicas beneficiarias, serán subvencionables
las cuotas correspondientes al régimen de autónomos.
e) Seguros de cobertura de riesgos del edificio o establecimiento donde se desarrolla la actividad,
siempre y cuando dichos espacios hayan sufrido daños como consecuencia de la DANA y no se trate de la vivienda del solicitante ni pertenezca a una persona o entidad vinculada al solicitante.
Requisitos:
- Su actividad principal figure incluida en uno o varios de los siguientes códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2009) con anterioridad a la publicación del Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre:5920 (Actividades de grabación de sonido y edición musical).
9001(Artes escénicas).
9002 (Actividades auxiliares a las artes escénicas).
9003 (creación artística y literaria).
9004 (Gestión de salas de espectáculos).
- Su actividad se haya visto afectada como consecuencia de la DANA.
- Hayan sufrido daños materiales en sus bienes inmuebles en alguna de las localidades del anexo del Real Decreto-Ley 6/2024, de 5 de noviembre.
Documentos asociados
Boletín:
29/11/2024
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 288
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
02/07/2025
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 158
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 158
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
02/07/2025
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 158
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 158
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento