Ayudas de comedor para el alumnado escolarizado en centros publicos que dispongan de este servicio escolar complementario durante el curso 2010-11.

Código de ayuda:

S36228/10

Norma:

Orden de 25 de mayo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/06/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Sufragar durante el curso 2010-11 el coste del servicio de comedor escolar a alumnos escolarizados en centros públicos radicados en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que dispongan de este servicio escolar complementario, en aquellos casos en que sus familias se encuentren en las situaciones más graves de desventaja socio-económica, de acuerdo con los criterios de selección establecidos en esta disposición.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de estas ayudas será en cada caso concreto igual al resultado de multiplicar el precio diario del servicio de comedor en el centro correspondiente por el número de días de prestación durante el periodo ordinario de funcionamiento de dicho servicio (de septiembre de 2010 hasta junio de 2011), y serán abonadas a los centros docentes respectivos para la aplicación a su finalidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

El padre, la madre o el tutor legal de los alumnos que vayan a cursar durante el curso escolar 2010-11 los niveles del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o del primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria, en su caso, en centros públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que dispongan de servicio de comedor escolar.

Requisitos:

Para obtener estas ayudas será requisito que los ingresos de la unidad familiar en el año 2008, calculados según se establece en el artículo siguiente, no superen, en función del número de miembros, los siguientes
importes máximos:

N.º de miembros de la unidad familiar / Importe máximo no superable
1 / 5.095 €
2 / 6.935 €
3 / 8.775 €
4 / 10.615 €
5 / 12.455 €
6 / 14.295 €
7 / 16.135 €
8 / 17.975 €
9 / 19.815 €
10 / 21.655 €

En el caso de familias con un número de miembros computables superior a 10 el límite máximo de ingresos se incrementará en 1.840 euros por cada miembro adicional.

Documentos asociados

Boletín: 31/05/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 123
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento