Ayudas de comedor escolar en los centros educativos no universitarios de titularidad de la Generalitat y privados concertados.- Convocatoria 2013/2014.

Código de ayuda:

S23491/13

Norma:

RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/07/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de ayudas de comedor escolar en los centros educativos no universitarios
de titularidad de la Generalitat y privados concertados para el curso escolar 2013-2014.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Deporte (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El precio del menú escolar diario durante el curso escolar 2013-2014 no podrá ser superior a 4,25 € en los centros docentes de titularidad de la Generalitat.

2. El alumnado beneficiario de ayudas de comedor escolar para el curso 2013-2014, percibirá el siguiente módulo por día:

Para Educación Infantil, Educación Primaria y ESO Hasta 3,94 €.

Para Escuela-Hogar Hasta 12,25 €.

Para Educación Especial Hasta 5,44 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) El alumnado del centro educativo beneficiario de ruta de transporte escolar o de ayuda individual de transporte que, de acuerdo con lo establecido en la resolución que regula el transporte escolar para el curso 2013-2014, conlleve aparejada la ayuda asistencial de comedor.

b) Alumnado de centros Específicos de Educación Especial de titularidad de la Generalitat y alumnado de aulas específicas de educación especial en centros ordinarios de titularidad de la Generalitat y privados concertados.

c) Alumnado que tenga la condición de huérfano absoluto o se encuentre en situación de acogimiento, ya sea en residencia o familia, así como los hijos o hijas de familias acogedoras. Esta condición deberá acreditarse mediante el carné de familia educadora de acuerdo con lo establecido en la Orden de 16 de noviembre de 2009 de la Consellería de Bienestar Social que regula el carné de familia educadora en la Comunitat Valenciana.

d) Los hijos e hijas de víctimas de violencia de género, condición que deberá acreditarse con la presentación de la copia compulsada de la orden de protección a favor de la víctima o, en su caso, sentencia definitiva condenatoria por hechos constitutivos de violencia de género, en la que se acuerden medidas de protección a favor de la víctima que permanezcan vigentes durante la tramitación de la ayuda. Excepcionalmente, será título de acreditación de esta situación, el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género hasta tanto se dicte la orden de protección.
e) Las víctimas del terrorismo. Para su acreditación se presentará copia compulsada de la correspondiente resolución del Ministerio del Interior.

Beneficiarios de la ayuda asistencial de comedor previa baremación:

Será beneficiario de la ayuda para el servicio de comedor escolar todo aquel alumnado de Educación Infantil de segundo ciclo, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, al que se le conceda la ayuda con carácter asistencial de acuerdo con el baremo que se establece
en los artículos siguientes, en atención a las circunstancias socioeconómicas concurrentes, y siempre que no superen los umbrales de renta establecidos en el apartado siguiente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos de comedor escolar.

Requisitos:

a) Estar matriculado en un centro educativo debidamente autorizado, de entre los citados en el apartado 2 de la presente resolución.

b) Haber presentado la solicitud (anexo I) y documentación requeridas en la presente resolución en los plazos establecidos.

c) No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

Estos requisitos deberán mantenerse a lo largo de todo el curso para el que se solicita la ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 03/06/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6281
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 24/06/2013
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7052
Documento: Convocatoria 2013/2014 y Anexos. Descargar Documento