Ayudas de cheques de consultoría para la competitividad industrial de las Illes Balears en materia de digitalización, internacionalización y sostenibilidad.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S07919/21

Norma:

Resolución de 18 de març de 2021. Resolución de 18 de marzo de 2021. Resolución de 7 de marzo de 2022. Resolución de 16 de marzo de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de abril de 2023 a las 00.00 h.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

a) Programa I: impulsar la transformación digital de las empresas industriales de las Illes Balears a través del diseño, y/o revisión de planes de transformación digital, como punto de partida y establecer una hoja de ruta para el futuro.

b) Programa II: impulsar la internacionalización de las empresas industriales de las Illes Balears a través del diseño y la elaboración de planes estratégicos de internacionalización o/ y seguimiento de las acciones del plan de marketing para un mercado o mercados en concreto.

c) Programa III: impulsar la sostenibilidad de las empresas industriales de las Illes Balears mediante el uso del indicador de cálculo de la huella de carbono que permite identificar acciones por la reducción de las emisiones de GEH e implementar una estrategia de mitigación del cambio climático.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Exportación / Internacionalización
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Institut d'Innovació Empresarial de les Illes Balears (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Programa I, «IDigital»

90 % del coste subvencionable para empresas que se presenten por primera vez.
80 % del coste subvencionable para empresas que se presenten por segunda y tercera vez.

Programa II, «IExporta»

Las empresas se podrán presentar a un máximo de dos convocatorias que tendrán que ser consecutivas.

90 % del coste subvencionable para empresas que se presenten por primera vez.
80 % del coste subvencionable para empresas que se presenten por segunda vez.

Programa III, «ISostenibilitat»

Las empresas se podrán presentar a un máximo de tres convocatorias que tendrán que ser en años alternos.

90 % del coste subvencionable para empresas que se presenten por primera vez.
80 % del coste subvencionable para empresas que se presenten por segunda y tercera vez (años alternos).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarias las empresas de carácter industrial con los epígrafes del impuesto sobre actividades económicas (IAE) incluidos en las divisiones 2, 3, 4 y 691.2 de la sección primera correspondiente a actividades empresariales, y que estén inscritas en la división A correspondiente a establecimientos y actividades industriales del Registro Integrado Industrial, o en el Registro Minero de las Illes Balears de la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática.

También serán beneficiarias las empresas incluidas en el grupo 504 del IAE de la sección primera correspondiente a actividades empresariales, y que estén inscritas en la división B correspondiente
a las empresas de servicios relativas a la actividad industrial del Registro Integrado Industrial.

También podrán ser beneficiarias las inscritas en el grupo 162 del IAE.

Para los programas I y II, además del punto anterior, podrán ser beneficiarias de esta convocatoria las personas físicas o jurídicas que tengan la condición de ser microempresas, pequeñas y medianas empresas de carácter auxiliar en la industria con los epígrafes del impuesto sobre actividades económicas (IAE) incluidos en la sección primera correspondiente a actividades empresariales, y que estén inscritas en las divisiones 6, 8 y 9.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Programa I, «IDigital»: Beneficiarios primer año: 60 horas de consultoría especializada por parte de un consultor experto en la elaboración y diseño de un plan de transformación digital. El coste subvencionable será de 5.100 euros sin IVA.

En el caso de los beneficiarios de segundo y tercer año: 40 horas de consultoría especializada por parte de la persona consultora experta, destinadas a la revisión, seguimiento y mejora del plan de digitalización presentado en la primera convocatoria. El coste subvencionable será de 3.400 euros, sin IVA.

b) Programa II, «IExporta»: Beneficiarios del primer año: 48 horas de consultoría especializada por parte de un consultor especializado en materia de internacionalización para la elaboración y el diseño de un plan estratégico de internacionalización. El coste subvencionable es de 4.080 euros, sin IVA.

Beneficiarios de segundo año: 48 horas de consultoría especializada por parte de un consultor experto en materia de internacionalización para la ejecución de las acciones del plan de marketing en un mercado o mercados. El coste subvencionable será de 4.080 euros, sin IVA.

c) Programa III, «ISostenibilitat»: Beneficiarios de primer año: 16 horas de consultoría especializada por parte de un consultor experto en sistemas medioambientales y de sostenibilidad para la elaboración del informe de cálculo de la huella de carbono corporativa. El coste subvencionable será de 1.360 euros, sin IVA.

En el caso de los beneficiarios de segundo y tercer año, tendrán que serlo en años alternos: 16 horas de consultoría especializada por parte de un consultor experto en sistemas medioambientales y de sostenibilidad para la elaboración del informe de cálculo de la huella de carbono corporativa. El coste subvencionable será de 1.360 euros, sin IVA.

Requisitos:

- Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

- Tener el centro de trabajo y la sede fiscal en la comunidad autónoma de las Illes Balears.

- El beneficiario tendrá que cumplir las exigencias impuestas por la normativa en materia de seguridad industrial y minera, y cualquier otra que sea de aplicación.

- El beneficiario podrá presentarse en todos los programas de la convocatoria, pero tendrá que hacer una solicitud por programa en los términos y con los requisitos que establece esta convocatoria.

- El beneficiario deberá tener capacidad de representación suficiente, debidamente acreditada para llevar a cabo la tramitación indicada.

- En caso de que el solicitante de la subvención sea una persona física, tendrá que estar inscrita en el régimen especial de trabajadores autónomos o en un régimen alternativo equivalente, en el momento de la solicitud.

- El beneficiario, para la obtención de la ayuda, tendrá que presentar la solicitud en los términos y con los requisitos que se establecen en los puntos quinto y duodécimo de esta convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 25/03/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 41
Documento: Bases y Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 08/04/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 47
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 10/03/2022
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 35
Documento: Convocatoria 2022 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 16/03/2023
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 34
Documento: Convocatoria 2023 (Completa) Descargar Documento