Ayudas de carácter socioeconómico para apoyar la gestión de la flota cofinanciadas por el Fondo Europeo de la Pesca.

Código de ayuda:

S73155/09

Norma:

Orden DES/71/2009, de 10 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/12/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras y la convocatoria para 2009, de las ayudas de carácter socioeconómico a los tripulantes de buques pesqueros con puerto base en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad. (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas está condicionada a la existencia de disponibilidades presupuestarias.

La cuantía de las ayudas se determinará de conformidad con lo dispuesto en el anexo II del Reglamento
(CE) 1.198/2006, de 27 de julio, relativo al Fondo Europeo de la Pesca, y Programa Operativo, estando limitado el coste máximo subvencionable a 10.500 euros por beneficiario individual.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Orden los tripulantes de buques pesqueros afectados por medidas de reestructuración de la flota, que tengan puerto base en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

b) No podrán obtener la condición de beneficiarios de las ayudas las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3, del artículo 12, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. Este extremo se acreditará mediante la declaración responsable firmada por el solicitante o persona que actúe en su representación, Anexo A4.

Requisitos:

Se establecen los siguientes requisitos específicos:

a) Haber estado enrolado y en alta o en alguna de las situaciones asimiladas al alta en el buque objeto de paralización definitiva desde el momento en que el armador solicitó la ayuda por paralización definitiva hasta la fecha en la que el armador le notificó la concesión de dicha ayuda, o haber estado enrolado y en alta o en alguna de las situaciones asimiladas al alta en el buque objeto de paralización definitiva en el momento en que el armador solicitó la ayuda por paralización definitiva dentro de un plan de adaptación de la flota.

b) Estar dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del mar y haber cotizado a éste durante un periodo mínimo de 12 meses.

c) Tener menos de 55 años de edad o, siendo mayor, no tener la posibilidad de jubilarse.

d) Haber sido tripulante del buque pesquero objeto de paralización durante al menos los doce meses anteriores, a la fecha de solicitud de la ayuda por paralización definitiva.

e) No ejercer la profesión de pescador en un plazo inferior a un año tras el cobro de la compensación.

Documentos asociados

Boletín: 30/11/2009
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 242
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento