Ayudas de caracter socioeconomico para apoyar la compra del primer barco, destinadas a pescadores menores de 40 años, cofinanciadas por el Fondo Europeo de la Pesca (2007-2013).- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S13937/15

Norma:

Orden GAN/13/2015, de 17 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/04/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar la compra del primer barco a pescadores menores de 40 años. Se entenderá por pescador, toda persona que ejerza o haya ejercido su actividad profesional principal a bordo de un buque de pesca marítima en
actividad.

La finalidad de las ayudas reguladas en la presente orden es la de establecer medidas de apoyo a los trabajadores afectados por los ajustes de la flota pesquera, que ayuden a paliar los efectos de esta reestructuración y apoyen la reconversión de estos trabajadores.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La prima por buque adquirido no será superior, independientemente del número de solicitantes, al quince por ciento del coste de adquisición de la propiedad ni excederá de 50.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la esta orden los tripulantes cuyo domicilio fiscal se encuentre en Cantabria, y que reúnan los requisitos establecidos en la presente orden, así como los exigidos en el resto de su normativa reguladora.

b) No podrán obtener la condición de beneficiarios de las ayudas las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3, del artículo 12, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. Este extremo se acreditará mediante la declaración responsable firmada por el solicitante o persona que actúe en su representación.

c) Ser pescador menor de 40 años habiendo trabajado durante al menos cinco años como pescador o tener una formación profesional equivalente y adquirir por primera vez la propiedad parcial o total de un buque de pesca equipado para faenar en el mar, cuya eslora total sea inferior a 24 metros y cuya edad esté comprendida entre 5 y 30 años.

d) Que el buque adquirido se encuentre operativo y esté inscrito en el Censo de la Flota Pesquera Operativa.

e) Estar dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

Documentos asociados

Boletín: 26/03/2015
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 59
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento