Ayudas de carácter directo a las familias del alumnado beneficiario de bolsas de comedor escolar en los centros públicos no universitarios gestionados por esta consellería durante la situación de suspensión del servicio de comedor a consecuencia del COVID-19, con levantamiento de los plazos de suspensión del procedimiento.

Código de ayuda:

S12882/20

Norma:

ORDEN de 27 de marzo de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de abril de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas a las familias del alumnado que ostenta la condición de gratuito y del que por renta familiar resulta pagador de un euro en los centros educativos públicos no universitarios gestionados por la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional que imparten los niveles de enseñanza básica obligatoria en el segundo ciclo de educación infantil, en educación primaria y en la enseñanza secundaria obligatoria.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Universidad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas económicas previstas consisten en una compensación del coste diario del menú por comensal, entendido como el servicio de comida a mediodía, y por los días lectivos de suspensión de la prestación del servicio a consecuencia de las medidas adoptadas por la pandemia del COVID-19.

A estos efectos, y toda vez que el importe máximo del precio público de comedor o tarifa se fija en 4,50 euros por menú y día, y que en este concepto se incluyen no sólo los costes de la materia prima sino también los del personal de la consellería, consumos y mantenimiento de instalaciones, que continúa a abonar, o, en su caso, del personal de empresas ajenas, se determina que el precio máximo a satisfacer en concepto de compensación por materias primas es de dos euros con cincuenta céntimos (2,50 €), en los casos de gratuidad total, y de un euro y cincuenta céntimos (1,50 €) en los casos de gratuidad que tienen
la obligación de satisfacer un euro (1 €) por la prestación del servicio.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas compensaciones las familias con uno o más hijas/os escolarizados en centros públicos gestionados por la consellería que tengan la condición de comensales gratuitos o pagadores de un euro en las relaciones de comensales correspondientes a 31 de enero de 2020.

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 62
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento