Ayudas de apoyo al sector de las frutas y hortalizas.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S45328/14

Norma:

RESOLUCIóN de 15 de septiembre de 2014. Reglamento Delegado (UE) núm. 913/2014, de 21 de agosto de 2014. el Reglamento Delegado (UE) núm. 932/2014 de la Comisión, de 29 de agosto de 2014.

Plazo de Solicitud:

Consultar según tipo de actividad.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la convocatoria para la presentación de las solicitudes de pago de las ayudas previstas en el Reglamento Delegado (UE) núm. 913/2014, de 21 de agosto de 2014, y para las operaciones de retirada, renuncia de cosecha y cosecha en verde, previstas en el Reglamento Delegado (UE) núm. 932/2014 de la Comisión, de 29 de agosto de 2014, relativos a las medidas excepcionales de apoyo al sector de las frutas y las hortalizas.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de actuación subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

1. Las OP reconocidas en virtud del artículo 122, letra a), inciso iii) del Reglamento (CE) núm. 1234/2007, que dispongan de un programa operativo aprobado en 2014 por las operaciones de gestión de crisis efectuadas en las producciones o superficies de sus socios.

2. Los productores individuales que no sean socios de una OP, o se encuentren en la situación del artículo 3.6 del Reglamento Delegado (UE) núm. 913/2014 o 6.4 del Reglamento Delegado (UE) núm. 932/2014, y realicen sus operaciones de gestión de crisis directamente en virtud del artículo 3.4 bis del Reglamento Delegado (UE) núm. 913/2014 y 4.5 del Reglamento Delegado (UE) núm. 932/2014 o, en el caso de operaciones de retirada de mercado, las realicen a través de un contrato con una OP en virtud del artículo 3.3 del Reglamento Delegado (UE) núm. 913/2014 y 4.3 del Reglamento Delegado (UE) núm. 932/2014.

En el caso de que las operaciones de retirada se realicen a través de una OP en virtud de un contrato, la ayuda financiera será abonada a la OP que deberá trasladarla a los productores individuales, pudiendo detraer de dicha ayuda los costes reales contraídos por la OP en la operación de retirada, los cuales deberán ser justificados mediante factura.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Serán subvencionables las operaciones de retirada del mercado de los productos de melocotón y nectarina, con destino distribución gratuita a las organizaciones caritativas y centros benéficos autorizados, alimentación animal, biodegradación en parcela mediante esparcimiento así como compostaje en centro o planta de gestión de residuos autorizada, que hayan sido objeto de una notificación previa, validada por la administración una vez realizados los controles de primer nivel a los que se refiere el artículo 4 del Reglamento Delegado (UE) núm. 913/2014, y hayan sido efectuadas durante el período al que se refiere el artículo 4 de esta
Resolución.

Los gastos de transporte y los de selección y envasado, cuando éste se efectúe en envases de menos de 25 kilogramos, serán también subvencionables tanto para los productores de una OP como para los productores individuales en las operaciones de retirada con destino distribución gratuita.

2. Serán subvencionables las operaciones de retirada del mercado de producto con destino distribución gratuita a los centros benéficos y entidades caritativas autorizadas, alimentación animal, biodegradación en parcela mediante esparcimiento así como compostaje en centro o planta de gestión de residuos autorizado, de tomates, zanahorias, coles, pimientos dulces, coliflores y brécoles («broccoli»), pepinos y pepinillos, hongos, manzanas, peras, ciruelas, bayas, uvas frescas de mesa y kiwis, que hayan sido objeto de notificación previa, validada por la administración una vez realizados los controles de primer nivel al que se refiere el artículo 7 del Reglamento Delegado (UE) núm. 932/2014, y cuenten con la verificación de disponibilidad financiera a la que se refiere su artículo 10.1. Además estas operaciones sólo serán admisibles si han sido efectuadas durante el período al que se refiere el artículo 4 de esta Resolución.

Los gastos de transporte y los de selección y envasado, cuando éste se efectúe en envases de menos de 25 kilogramos, serán también subvencionables tanto para los productores de una OP como para los productores individuales en las operaciones de retirada con destino distribución gratuita.

3. Serán subvencionables las operaciones de renuncia a efectuar cosecha o cosecha en verde en
los cultivos de tomate, zanahoria, col, pimiento dulce, coliflor y brécol («broccoli»), pepino y pepinillo, hongo, manzano, peral, ciruelo, baya, uva fresca de mesa y kiwi, validadas por la Administración una vez realizados los controles de primer nivel a los que se refiere el artículo 7 del Reglamento Delegado (UE) núm. 932/2014, y cuenten con la verificación de disponibilidad financiera a la que se refiere su artículo 10.1. Además estas operaciones sólo serán admisibles si han sido efectuadas durante el período al que se refiere el artículo 4 de
esta Resolución.

Documentos asociados

Boletín: 22/08/2014
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº
Documento: REGLAMENTO DELEGADO (UE) No 913/2014 DE LA COMISIÓN de 21 de agosto de 2014. Descargar Documento
Boletín: 30/08/2014
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº
Documento: REGLAMENTO DELEGADO (UE) No 932/2014 DE LA COMISIÓN de 29 de agosto de 2014. Descargar Documento
Boletín: 22/09/2014
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 185
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento