Ayudas de apoyo al emprendimiento y a la mejora de la competitividad de las empresas turísticas.- Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S23964/22

Norma:

ORDEN de 6 de abril de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de mayo de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas destinadas a apoyar la adecuación, recuperación y relanzamiento de la actividad turística en el contexto de crisis económica y sanitaria generado por el COVID-19.

De acuerdo con dicho objetivo, se apoyará la creación de nuevos negocios turísticos en el País Vasco que favorezcan el desarrollo local; así como las actuaciones dirigidas a impulsar la mejora de la competitividad de las empresas turísticas vascas, mediante el apoyo a la innovación tecnológica, a la mejora y optimización de su oferta turística, y/o a su adecuación hacia un turismo seguro, sostenible, responsable y accesible, que tengan cabida en las siguientes líneas de ayudas:

Emprendimiento para la creación de nuevos negocios turísticos.

Mejora de la competitividad de las empresas turísticas.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Turismo, Comercio, y Consumo (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los recursos económicos ascienden a 652.000 euros y se distribuyen entre las dos líneas del modo siguiente:

a) Emprendimiento para la creación de nuevos negocios turísticos: 200.000 euros.

b) Mejora de la competitividad de las empresas turísticas: 452.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a las ayudas contempladas en la presente Orden las personas físicas y jurídicas (en adelante personas), así como las comunidades de bienes y las sociedades civiles, que cumplan los requisitos legalmente exigibles para el ejercicio de la actividad turística en la Comunidad Autónoma de Euskadi (en adelante CAE), las cuales deberán encuadrarse en alguna de las siguientes tipologías y ajustarse a las definiciones de las mismas recogidas en el artículo 3 de la presente Orden:

a) empresas turísticas de alojamiento,

b) empresas turísticas de mediación,

c) empresas de restauración,

d) empresas de transporte turístico,

e) empresas de turismo activo,

f) empresas profesionales organizadoras de congresos (OPCs),

g) guías de turismo,

h) titulares de las áreas especiales de acogida para autocaravanas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas previstas en la presente Orden tendrán la consideración de subvenciones no reintegrables e irán dirigidas a financiar las actuaciones que tengan encaje en alguna de las siguientes líneas:

a) Emprendimiento para la creación de nuevos negocios turísticos, cuyas características se desarrollan en el Anexo I.

b) Mejora de la competitividad de las empresas turísticas, cuyas características se desarrollan en el Anexo II, consistentes en:

Innovación empresarial y de los servicios turísticos mediante soluciones tecnológicas.

Mejora y optimización de la oferta turística de las empresas.

Adecuación de la oferta hacia un turismo seguro, sostenible, responsable y accesible.

Ambas líneas son excluyentes entre sí.

Las inversiones objeto de ayuda deberán ubicarse en la CAE.

Documentos asociados

Boletín: 20/04/2022
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 76
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento