Ayudas de apoyo a la innovacion en las pymes, Programa InnoCamaras.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S05964/13

Norma:

Gijón, 22 de febrero de 2013.

Plazo de Solicitud:

Las empresas podrán presentar su solicitud hasta el día 31 de octubre de 2013, siendo las 14:00h la hora límite de presentación.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la participación de las Pymes de la demarcación cameral de la Cámara de Comercio de Oviedo en el Programa InnoCámaras, mediante la puesta a su disposición de los servicios de apoyo tutorizado.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Gijón, Oviedo y Avilés (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Fase I: Diagnóstico.

El importe total financiable asciende a la cantidad estimada de 1.200 € + IVA.

El importe total elegible por el Programa (cuantía de la ayuda) será del 100% del coste financiable.

Fase II: Plan de Apoyo a la Innovación.

Las empresas podrán financiar con cargo al Programa gastos de asesoría e inversiones asociados a la ejecución del Plan hasta un importe de 6.000 euros (IVA no incluido) durante un periodo máximo de 6 meses desde la fecha de firma del convenio. Esta cantidad podría aumentar hasta los 12.000 euros (IVA no incluido), a ejecutar en un plazo máximo de hasta 10 meses desde la fecha de firma del convenio, si la empresa aporta un informe de justificación del asesor – en el marco de la ejecución de su respectivo Plan de Apoyo a la Innovación – y es validado por el Coordinador Cameral del Programa.

El importe total elegible por el Programa (cuantía de la ayuda) será del 80% del coste financiable en que haya incurrido la empresa destinataria, siendo por tanto la cuantía máxima por empresa de 4.800,00 € (9.600,00 € en caso de ampliación del coste financiable).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las Pymes (incluyendo microempresas y autónomos), según la definición recogida en la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE de 6.5.03 (DOCE L 124 de 20.5.03) que tengan su domicilio social y/o centro productivo en el ámbito de demarcación de la Cámara de Oviedo.

En el caso concreto de la Fase II del Programa, podrán ser beneficiarias exclusivamente aquellas Pymes que hayan justificado documentalmente su participación previa en la Fase I del Programa, a menos que con carácter excepcional se produzca la apertura de una convocatoria específica para esta segunda Fase que lo permita.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos incurridos por las Pymes durante el desarrollo de los “Planes de Apoyo a la Innovación”, estando referidos a los siguientes conceptos generales:

Fase I: Diagnóstico: Gastos de los servicios de asesoría proporcionados por el Tutor.

Fase II: Plan de Apoyo a la Innovación.

1) Gastos de los servicios de asesoría y consultoría proporcionados por el Asesor para la elaboración y desarrollo del Plan.

2) Inversiones y/o gastos asociados al desarrollo y ejecución del Plan elaborado por el Asesor, cuya tipología se detalla en el Anexo I.

Documentos asociados

Boletín: 11/03/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 58
Documento: Anuncio. Descargar Documento
Boletín: 11/03/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 58
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento