Ayudas de apoyo a la formación y actualización del profesorado universitario.

Código de ayuda:

S06819/04

Norma:

Orden de 24 de febrero de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/04/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mejorar la calidad del Sistema Universitario de Galicia, apoyando la formación y actualización del profesorado universitario de la Comunidad Autónoma.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Universidad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Según las acciones subvencionables:
1. y 2. Una asignación mensual comprendida entre 620 y 1.800 euros según las circunstancias y el lugar en el que se va a realizar la
estancia. En caso de que la estancia sea superior a un mes e inferior a dos meses, se consideran los meses de 30 días, y la cantidad correspondiente por día sería 1/30 de la cuantía mensual.

3. Estará comprendida entre 1.130 y 2.260,56 euros por mes de estancia.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

1. Los profesores que pertenezcan a alguna de las tres universidades de Galicia.
2. El personal docente especializado para las nuevas materias de carácter troncal u obligatorio.
3. Las universidades gallegas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. La actualización del profesorado respecto de la materia que imparten.
2. La formación de profesores en nuevas titulaciones o materias.
3. La financiación de estancias de profesores de fuera del Sistema Universitario de Galicia.

Requisitos:

Según el tipo de beneficiario:
1. Estar impartiendo clases teóricas, tener dedicación a tiempo completo y poseer una antigüedad mínima de tres años en la docencia.

2. a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea; b) Tener la titulación que sea precisa para impartir la materia que se va a implantar (diplomado, licenciado o doctor); c) Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros no estatales deberán estar homologados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la fecha de finalización de la convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 11/03/2004
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 50
Documento: Convocatoria Descargar Documento