Ayudas de apoyo a la etapa predoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i.

Código de ayuda:

S02237/26

Norma:

ORDEN de 19 de diciembre de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de febrero de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden establece las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas de apoyo a la etapa predoctoral de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva. El objeto del programa de apoyo a la etapa predoctoral es otorgar ayudas a las universidades públicas del SUG, a los organismos públicos de investigación de Galicia, a las fundaciones públicas de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Pública Gallega Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Pública Gallega de Investigación Biomédica INIBIC, Fundación Pública Gallega de Investigación Biomédica Galicia Sur) y a los centros del CSIC (Consejo Superior de Investigaciones Científicas) radicados en Galicia, que contraten a personas tituladas superiores para su formación como doctoras y doctores en sus centros (código de procedimiento ED481A para las universidades del SUG e IN606A para las demás entidades).

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Conserjería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional. (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se convocan 102 ayudas (90 para las universidades del SUG y 12 para el resto de entidades beneficiarias) de un máximo de cuatro años de duración. El importe de cada ayuda incluye los siguientes conceptos:

1. Durante la primera y segunda anualidad, cada ayuda es de 24.600 € anuales; para el tercer año es de 25.200 € y de 30.600 € durante el cuarto año. Durante el período de orientación posdoctoral, el importe máximo es de 31.500 €/año.

2. Estancias de tres meses de duración en el extranjero de hasta 6.000 € en función de la zona.

3. Un complemento anual por ayuda de 1.300 €, destinado a las entidades beneficiarias para cubrir los gastos asociados a la contratación, para el seguro durante el período de estancia y para cubrir el coste de la matrícula en el programa de doctorado.

4. Si las personas contratadas depositan su tesis doctoral en la universidad donde estén matriculadas, para su lectura y aprobación, dentro del período de duración del contrato predoctoral, recibirán en el último año de este un premio de 1.000 €, que no tendrá la consideración de salario. Las entidades beneficiarias recibirán el importe de este premio, que deberán abonar íntegramente a las personas contratadas.

5. En aplicación del artículo 21, apartado e), de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación, al final del contrato por expiración del tiempo convenido, la persona trabajadora tendrá derecho a percibir una indemnización de cuantía equivalente a la prevista para los contratos de duración determinada en el artículo 49 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores. Para cubrir el coste de la indemnización al final del contrato, se incluirá una ayuda total de 3.500 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Las universidades públicas del Sistema universitario de Galicia (SUG), los organismos públicos de investigación de Galicia, las fundaciones públicas de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Pública Gallega Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Pública Gallega de Investigación Biomédica INIBIC, Fundación Pública Gallega de Investigación Biomédica Galicia Sur) y los centros del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) radicados en Galicia, que contraten a las personas seleccionadas a través de un contrato predoctoral de duración determinada y con dedicación a tiempo completo, en virtud del cual la persona seleccionada quedará vinculada a la institución donde desarrolle su actividad, asumiendo ambas partes las obligaciones contractuales que deriven de él y que, en todo caso, se adecuarán al contenido de la solicitud de ayuda.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. La financiación de un contrato predoctoral por un máximo de cuatro (4) años de duración. El contrato tendrá por objeto la realización de tareas de investigación. Asimismo, el contrato tendrá por objeto la orientación posdoctoral por un período máximo de doce (12) meses, tal y como recoge el artículo 21 de la Ley de la ciencia, la tecnología y la innovación. La duración del contrato no podrá ser superior a cuatro años.

2. Un complemento anual por ayuda destinado a las entidades beneficiarias para cubrir los gastos asociados a la contratación, a la cobertura de gastos de realización del programa de doctorado (matrícula y gastos relacionados con formación y tutorías) y para el seguro durante el período de estancia (Complemento).

3. Las indemnizaciones de fin de contrato.

4. Estancias de tres (3) meses de duración en el extranjero para que, de acuerdo con lo establecido en el Real decreto 99/2011, de 28 de enero, las personas contratadas obtengan la mención de doctora o doctor internacional.

Documentos asociados

Boletín: 27/01/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 17
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
Boletín: 27/01/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 17
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento